Viernes 31 de Mayo de 2024
El Fiscal General ante el reto de un nuevo brete
En el informe emitido por los fiscales
del TS, que intervinieron en el juicio por sedición en el Tribunal Supremo, se ha
llegado a la conclusión unánime de que la ley de amnistía, sin entrar siquiera sea
para este tema en el debate sobre su constitucionalidad, tal como está
redactada, no es aplicable a los Sres. Puigdemont y Junqueras y otros más. Esto
pone al Fiscal General del Estado en otro brete jurídico que hace muy difícil que
permanezca en su puesto si no lo resuelve bien.
Porque, el Fiscal General parece (esa es la impresión
que da su trayectoria y su ejecutoria como tal) haber confundido el hecho de
que, efectivamente, ha sido nombrado por el Gobierno, con el hecho de que le
deba obediencia en su hacer y, por consiguiente, no se muestre y actúe con autonomía
con respecto al Gobierno. Si mantiene el criterio de los fiscales del Tribunal
Supremo, todo indica que le parecería a
sí mismo que hace mal por no seguir la política del Gobierno con los independentistas
catalanes; y si impone la tesis del Gobierno parecería a los ciudadanos que ha
olvidado el principio fundamental que informa a la Fiscalía : ser la defensora
de la Ley y de los derechos de los ciudadanos ( entre ellos el de igualdad), lo
que es tanto como decir que el Fiscal General, a pesar de ser nombrado por el
Gobierno, se rige por el principio de legalidad, en su aplicación y su defensa.
Esperemos que resuelva adecuadamente
este nuevo brete jurídico en que la tóxica ley de amnistía le ha puesto.
Valentín Cortés