Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 23 de junio de 2016


Jueves 23 de Junio de 2016

Las grabaciones del Ministro del Interior: segunda y última parte.

 Casi todos los diarios digitales recogen la noticia de la petición que han hecho los investigados (al menos el Sr. Mas) en las causas penales por la convocatoria y celebración del referéndum ilegal celebrado en Cataluña, para que, a la vista de lo que dicen las transcripciones de la conversación entre el Ministro del Interior y el Director de la Oficina   Antifraude de Cataluña, pedir el archivo de esas causas.

Es decir, que estos señores defienden que el contenido de aquellas conversaciones tiene o produce efectos jurídicos, que, precisamente, se centran en la nulidad de lo actuado o en la exoneración de responsabilidad penal que pudieran tener por la convocatoria y celebración del referéndum ilegal. Por lo que piden, no puede ser otra cosa.

Lo traigo a colación porque me parece curioso que, a la irresistible inclinación que tienen esos nacionalistas por el fraude constitucional y legal, se une  y aflora ahora una  infantil  y  desahogada manera de interpretar los conceptos jurídicos, siempre pro domo sua. Como no creo que los desconozcan, traigo a colación esta noticia sólo para constatar que, también, además del fraude, están instalados en la falta de probidad y mala fe procesales (art. 11 Ley Orgánica del Poder Judicial).

Valentín Cortés

miércoles, 22 de junio de 2016


Miércoles 22 de Junio de 2016 

Las grabaciones del Ministro del Interior

He tenido la inmensa paciencia de leerme la trascripción de las grabaciones que se  hicieron de distintas conversaciones entre el Ministro de Interior y el Director de la Oficina  antifraude de Cataluña (en www.elconfidencial.com).

No sé el jugo que puedan tener en el terreno político la publicación de estas grabaciones, me imagino que limitado o amplio, según las circunstancias.

Desde el punto de vista jurídico pueden ser constitutivas de delito y, desde luego, no tienen el menor valor probatorio, no sólo porque son parciales(los documentos para que tengan fuerza probatoria no se pueden trocear al gusto de quien los presenta) sino porque constituye una prueba ilícita e ilegal, que no está amparada por el Derecho, a no ser que estuviera autorizada por Juez competente.

Claro está, me imagino, que a todos estas personas que las airean, no les debe importar absolutamente nada el significado y alcance jurídico del hecho.

Y aunque, alguien me pueda tildar de trasnochado y obsoleto, diré que ¡pobre país que nos educa sin que siquiera nos preocupemos por la trascendencia jurídica de nuestros actos! Al final, en todo caso y con un poco de “suerte”, siempre encontraremos un juez que pensará que es un caso claro (sin “peros”) de manifestación de la libertad de expresión.

Valentín Cortés

 

martes, 21 de junio de 2016


Martes 21 de Junio de 2016

Carmena y su concepto de decisiones justas

He leído en la edición nacional de Expansión que la Sra. Carmena se propone bajar el IBI en 22 de los 119 barrios de Madrid. Para razonar la medida, se argumenta que en esos barrios ha bajado el valor real de los terrenos y de los edificios, mientras que subía el valor catastral.

De ser cierta la noticia y llevarse a cabo, además de la crítica política que pudiera conllevar, en la que no entro, nos encontraremos con una decisión objetivamente injusta, pues deja de lado, entre otros, el principio de igualdad que, lo he dicho muchas veces, tan importante es en nuestro ordenamiento constitucional y, por ende, en nuestro sistema tributario.

No me gusta mezclar mis opiniones con mis vivencias personales, pero debo decir que entre los barrios agraciados no está donde está situado un piso de mi propiedad que, ¡vaya casualidad del destino!, también tiene un valor real  en franca disminución y un valor catastral en una deriva alcista que no para.

Pienso que si la dedición municipal se toma, será masivamente impugnada.

Valentín Cortés

lunes, 20 de junio de 2016


Lunes 20 de Junio de 2016

Deloitte y la salida a Bolsa de Bankia. 

La firma auditora avaló con su informe la salida a Bolsa de Bankia; ahora se trata de saber si tiene responsabilidad penal por ello, dado que esa salida a la postre fue un fiasco para los inversores, dado que donde se dijo que había ganancias, más tarde resultaron perdidas por varios miles de millones de €, y aquellos es obvio que se guiaron, al hacer su inversión, por el informe de los técnicos.

Afirmar que el informe se emitió con “autorización previa del Banco de España y la Comisión Nacional del Mercado de Valores”, que se actuó “siguiendo sus instrucciones” y que los trabajos elaborados “respondían a lo que se les pedía” (www.elconfidencial.com), no creo, visto desde fuera, que pueda al final eximir de responsabilidad civil y penal, si es que las hay, pues una firma auditora de nivel mundial no puede escudar su actuación en que cumplía órdenes de los reguladores.

El tema es, pues, si la Auditora tuvo en cuenta todos los datos y si siguió las normas de auditoría vigentes en España; si es así, no será responsable; si no, lo será. Como lo serán Banco de España y Comisión nacional del Mercado de Valores,  si es verdad todo lo que se ha declarado por el auditor en el Juzgado; que es quizá lo que se estará buscando desde la acusación, para asegurarse la indemnización que es, realmente, lo que importa en este tipo de procesos.

Valentín Cortés

 

viernes, 17 de junio de 2016


Viernes 17 de Junio de 2016

El evanescente lenguaje jurídico de los políticos.

Lo más importante de la Ciencia del Derecho es que los conceptos que maneja, si se quiere conseguir con la norma jurídica la certeza y seguridad, no pueden ser equívocos, sino que tienen que ser unívocos.

El político usa el lenguaje jurídico o meta jurídico según le conviene, dándole en cada caso el significado que le interesa. Mucho hemos hablado del acusado, imputado, investigado, procesado, conceptos tan manoseados que ya no sirven para nada, ni designan nada: todo depende de lo que quiera el político de turno en el momento.

Ahora, el Sr. Rivera ha introducido para acompañar al concepto corrupción -(al que también han relativizado los políticos, pues sólo es corrupto quien se lleva el dinero, no quien malversa, lo distrae para sus fines políticos, y un largo etc.)- otro concepto tan evanescente que es imposible aprehenderlo, pues es tan subjetivo, que incluso la misma persona puede utilizarlo por la mañana con un contenido y por la tarde con el contrario. Ha dicho (pueden leerlo en toda la prensa digital de hoy) que no facilitará el Gobierno a Rajoy ni a nadie del PP que estén bajo sospecha de corrupción.

Me parece muy bien que el Sr. Rivera haga lo que quiera, pero creo que no debería utilizar ese lenguaje que, más que dar certeza y seguridad jurídicas, nos pone ante la arbitrariedad más solemne que jamás haya podido oír. Me puedo preguntar qué entiende el Sr. Rivera por corrupción y qué entiende por sospecha; posiblemente lo que le convenga en cada momento.

Valentín Cortés

 

jueves, 16 de junio de 2016


Miércoles 16 de Junio de 2016

Las multas según  Podemos

Podemos, el partido político de extrema izquierda, ha propuesto (lo leo en www.expansion.com) que las multas de tráfico se acompasen a la capacidad económica del infractor;  según este esquema, si un insolvente conduce a 120 km por hora por la calle Alcalá de Madrid, su multa será cero €, y se elevaría según fuera el patrimonio del infractor. Con  esta invención sancionatoria, los insolventes vivirían en un limbo circulatorio, por no decir en el cielo; y los solventes, contra más lo fueran, más se hundirían en las profundidades del infierno ardiente.

Con este sistema no se sanciona la infracción de tráfico, sino la capacidad económica del conductor, que es una extraña manera de establecer un régimen de sanciones.

Además de las dificultades de tramitación de las multas de tráfico (¡habría que cubrir el engorroso trámite de verificación del patrimonio del sancionado!), el sistema debería resistir el examen sobre si realmente  cumple la finalidad de todo sistema sancionatorio, que no puede ser castigar al rico y proteger al pobre, sino imponer una pena por la comisión de hechos sancionables.

Nada que ver esto con la posibilidad que tienen los jueces, cuando hay delito, de modular la multa, de un mínimo a un máximo, según las circunstancias, subjetivas y objetivas,  del caso.

¡Cosas veredes. . .”

Valentín Cortés

miércoles, 15 de junio de 2016


Miércoles 15 de Junio de 2016

El informe del Fiscal
En las conclusiones finales que ha hecho el Fiscal Horrach en el proceso penal de la Infanta (está en toda la prensa digital, y hay un buen resumen en www.larazon.es) se hace una dura crítica a la instrucción llevada a cabo por el Juez Castro.

El tema de la actuación de los jueces de instrucción, o de algunos, sería mejor decir, requeriría grandes debates doctrinales; son actuaciones que, posiblemente por una deficiente regulación legal, tienden a la sobreactuación, motivada por los juicios paralelos (lo que denuncia el Fiscal), por la irresistible atracción que debe producir la popularidad que otorga la prensa amarilla, y por el poder, de hecho irresponsable, que la ley otorga a estos jueces, lo que convierte al Estado de Derecho, en palabras del fiscal, en un inadmisible “reino de taifas procesal”: cada uno hace y deshace a su manera, sin alcanzar la igualdad que es un principio básico de la Justicia y su Administración.

Pero lo más importante que ha dicho el Fiscal, criticando al Juez es esto:” en el sistema penal no puede haber resoluciones que cobijen convicciones personales”; porque la instrucción, digo yo, se basa en los indicios razonables de criminalidad, y el juicio en la prueba de hechos criminosos atribuibles al acusado. La actuación judicial por corazonadas, estuvo sólo bien, hace ya muchos años en el siglo pasado, en Estado Unidos y únicamente para los defensores del movimiento jurídico realista.

Valentín Cortés