Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 29 de febrero de 2016


Lunes 29 de Febrero de 2016

Un día antes de la sesión de investidura y todo parece seguir igual.

El 28 de Enero pasado tuve ocasión de escribir sobre el desastre de nuestro sistema de nombramiento, en investidura, tras las elecciones, del Presidente del Gobierno. ¡No me equivoqué! No sé lo que ocurrirá mañana o en los próximos días, por tanto no sé si el Sr. Sánchez será investido Presidente del Gobierno. Mucho me temo que ni él lo sabe.

 Este sistema, tras dos meses y 9 días desde las elecciones, ha servido para que se firme un pacto entre dos partidos, que juntos no pueden llevar al Sr. Sánchez a la Presidencia del Gobierno, y para que, tras el anuncio de hoy de éste de iniciar de nuevo negociaciones con Podemos y demás partidos de la extrema izquierda radical, se dediquen unos y otros a lanzarse advertencias, amenazas, órdagos y demás florituras verbales a través de conferencias de prensa, comunicados y manifestaciones públicas ( véase la prensa digital y un buen ejemplo en www.europapress.es)

Es, pues, el momento de plantearse seriamente el cambio de nuestra legislación para que no se vuelva a producir la posibilidad de un espectáculo tan inseguro e incierto que atenta contra los principios básicos de cualquier ordenamiento jurídico que se precie.

No me cansaré de clamar, aunque sea en el desierto de nuestra realidad política, por esta reforma legal.

Valentín Cortés

 

viernes, 26 de febrero de 2016


Viernes 26 de Febrero de 2016.

El estado del sin derecho

Como es obvio estoy utilizando una figura retórica para contraponer una situación al Estado de Derecho. Y me refiero a la noticia, que me he resistido hasta esta hora de la noche a opinar sobre ella, a pesar de que esta mañana estaba en todos los medios digitales. Pero frente al convencimiento que mi blog debe abarca muchos y diversos temas, me temo que no he sabido resistirme  hoy ante el  inagotable filón que proporciona la política de los dirigentes catalanes.

 El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha anulado una norma de la Generalidad Catalana que prohibía, además de otras cosas, a los funcionarios catalanes a comunicarse entre sí en idioma distinto al catalán: se me ocurre, el chino mandarín o, quizá, el cooficial, según el Estatuto de Cataluña: el español.

Lo malo de esto es que hay un amplio sector de la política catalana que está inmersa en la insensibilidad jurídica que, me atrevería a decir, es propia del medievo. Pero, puesto que esa insensibilidad jurídica permite trasgredir la norma, sabiendo que se trasgrede, pero justificando la trasgresión por la finalidad que se pretende, se produce, pues, una subversión de los valores democráticos que conforman nuestra Constitución (pues la ley, expresión de la voluntad del pueblo, cede ante la voluntad del partido o partidos que gobiernan) para acercarnos y sumergirnos en el Estado totalitario. En definitiva, es la lucha de estos poderes de Cataluña contra el art. 1 de la Constitución, en todo su amplio contenido y sentido.

Valentín Cortés

jueves, 25 de febrero de 2016


Jueves 25 de Febrero de 2016



 Más sobre el pacto

Uno de los temas que más nos han preocupado en este blog ha sido el desafío independentista en Cataluña.

 En el pacto de legislatura de Ciudadanos con el PSOE se establece de manera inequívoca dos cosas que creo que son positivas: de una parte, ambos partidos se comprometen a rechazar cualquier tipo referendum que vaya destinado, directa o indirectamente, a conseguir la independencia de cualquier territorio nacional, porque ello sería desmembrar la soberanía nacional. De otra, se manifiesta de forma expresa  “el permanente e inequívoco compromiso compartido con la unidad e integridad de España y la defensa del orden constitucional”(www.europapress.es).

La importancia de este pacto es grande, en cuanto parece que dará la pauta de los tres grandes partidos (incluido el Partido Popular) para el futuro, llegue o no el pacto a buen puerto y haya o no gobierno del Sr. Sánchez  con Ciudadanos.

Valentín Cortés

miércoles, 24 de febrero de 2016



Miércoles 24 de Febrero de 2016

El pacto

Lo más llamativo del pacto entre PSOE y Ciudadanos de ayer es que pretende llevar a cabo una reforma, por el procedimiento breve, de  la Constitución.
Tengo mis dudas, por ejemplo, que la modificación del sistema territorial, suprimiendo las Diputaciones, o la llamada despolitización de la Justicia, se puedan hacer por este procedimiento. Pero, aun así, no se podría hacer tal modificación de la Constitución sin el concurso del Partido Popular, dadas las mayorías de bloqueo con las que cuenta. Por tanto, veo que ese pacto, que se ha anunciado, no va a servir, en principio, para nada, o al menos, para lo que se dice que se ha alcanzado.
De otra parte, no he tenido, ni espero que por ahora la tenga, oportunidad de leer el contenido concreto de los pactos, en concreto del que se refiere a la despolitización de la Justicia. Porque para alcanzar este fin, no sólo basta con modificar el sistema de elección de los miembros del CGPJ, sino que hay modificar, entre otras cosas, las funciones de la Fiscalía en nuestro sistema procesal, las del Juez de Instrucción, los limites y excepciones a la acción popular, y los sistemas procesales penal y civil en su esencias, amén de desvincular a la Fiscalía del poder ejecutivo y del poder legislativo. ¿Llegan a tanto los políticos concordantes? Me temo que ni siquiera lo han pensado. Y si por ventura hubieran llegado, ¿cómo lo harán sin el Partido Popular y sus votantes?
Valentín Cortés

lunes, 22 de febrero de 2016


Martes 23 de Febrero de 2016

Lo “llamativo” de la Justicia

No quiero dejar de traer a colación unas declaraciones del Ministro del Interior, aunque sean de ayer, que leí en www.europapress.es,y hoy recoge la prensa nacional, afirmando que ve “llamativo” que en estos momentos, de gran efervescencia política, los únicos casos activados judicialmente (detenciones, registros, declaraciones, etc.) en relación  con la corrupción sean los que afectan al Partido Popular.

Para mí lo llamativo de las declaraciones del Ministro es que se acepte, tan de forma meridiana, que la Justicia esté tan politizada, y que esas declaraciones se hagan por un Ministro que, además, es el Jefe de las Fuerzas de Seguridad, ¡recalcando incluso que en esos casos éstas actúan como Policía Judicial a la orden de los jueces!

El daño que los partidos políticos han hecho a la Justicia es inconmensurable. Y yo creo que irreversible. Sin embargo no veo que esta preocupación esté en el ánimo de los múltiples políticos que negocian en todas las direcciones para intentar formar gobiernos. ¡Es evidente que no soy un buen político!

 En cualquier caso, me aterraría que no todo sea casualidad.

 

Valentín Cortés

 

NB.-  Hoy, gracias a ustedes, cumple este blog tres años.

 

Lunes 22 de Febrero de 2016

 

Las detenciones

Todos los días la prensa nos martillea en nuestro creciente desánimo con continuas detenciones, cada vez más públicas y televisadas, de personas bajo sospecha de haber cometidos delitos relacionados con  la corrupción.

En todos los casos, me he planteado si realmente, de acuerdo con lo que establece el art. 492 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, la policía tendría, en el caso concreto, la obligación de detener, o si el Juez puede acordar la detención a prevención en esos casos (en aplicación del art. 494 de la misma Ley), porque realmente lo que me interesa es que se cumpla la Ley.

Tengo que decir que  en  no pocos de los casos que se han conocido de detención, esta ni era necesaria a prevención ni era obligatoria para la policía judicial, pues la Ley, cuando menos, se fija en dos supuestos determinantes que en muchos casos no parecen producirse: la existencia de precedentes o circunstancias que hagan pensar que no comparecerá cuando sea llamado por la autoridad judicial.

Digo esto porque la libertad es un derecho fundamental, que  no se puede limitar sino en las circunstancias que marca el art. 17 de la Constitución y dentro de la más estricta interpretación de las normas de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Valentín Cortés.

viernes, 19 de febrero de 2016


Viernes 19 de febrero de 2016

Jurisprudencia “mínima”

Lo que más me ha sorprendido del auto que ha dictado un Juez de la Audiencia Nacional( véase la prensa digital de esta tarde), archivando las actuaciones en relación con la pitada al Himno y al Rey, con motivo de la Final de Copa de Futbol pasada, no es que se aluda al derecho a la libre expresión de las ideas como bálsamo “curalotodo”, sino la pobreza argumental que maneja el Juez, que se basa en que, en el pasado, otro Juez de esa Audiencia Nacional hizo lo mismo, basado en el derecho a la libertad de expresión de los vociferantes, todo ello entonces sin oposición de la Fiscalía.

Yo como jurista, también como ciudadano, quiero que alguno de los personados como acusadores recurran ante la Sala de la Audiencia Nacional, para que ésta tenga la oportunidad de argumentar seriamente la decisión de archivar o de proseguir con las actuaciones, no vayamos a que un próximo Juez de esa Audiencia Nacional tenga un “argumento más”( el de hoy) para, tras la próxima Copa, archivar las actuaciones que se inicien por  hechos parecidos que, por seguro, se van a repetir.

De esa manera, ya no sería jurisprudencia mínima, sino menor. Y quizá convenga que  ni siquiera sea menor, sino que lo sea del Tribunal Constitucional o del Tribunal Supremo.

Valentin Cortés