Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 8 de noviembre de 2019


Viernes 8 de Noviembre de 2019

La ligereza y los protocolos

Hoy, rompiendo una manera de actuar en este blog, - que he mantenido excepto una vez que hablé del “derecho a copia” que, por lo que entonces (hace ya muchos años) experimenté, creyó que tenía un colega que me copió o plagió, como ahora está de moda, descaradamente mis ideas jurídicas, - voy a hablar de otra cuestión personal.

He leído en los periódicos el caso de un joven, quien llamando (he oído su voz en las emisoras de radio) al “summa” para pedir asistencia médica porque se ahogaba (no podía respirar); un señor, por teléfono, le diagnosticó que respiraba perfectamente (lo he oído), no consideró que había que asistirle y murió de una trombosis pulmonar a los siete minutos de la llamada.

Sé, por experiencia personal, que en esas situaciones no se puede respirar; y sé, por experiencia personal, que, gracias a un médico de guardia, de madrugada, que supo lo que tenía, pude seguir respirando y hoy escribo este blog, y lo hago para denunciar lo que, a mí, me parece, como menos, una “ligereza” médica irreversible y letal: no se imaginó ese señor, que era médico, que ese joven tenía una trombosis pulmonar; el que me asistió a mí, sí.

Sólo me queda decir que, frente a las “ligerezas”, no cabe invocar los protocolos, que es lo que ha hecho el summa” en un alarde de mal hacer.

Valentín Cortés

jueves, 7 de noviembre de 2019


Jueves 7 de Noviembre de 2019

La rectificación

El Presidente del Gobierno ha admitido que se equivocó ayer; no sé si se trata de un reconocimiento en via política, o si acaso lo es en su vertiente jurídica.

Es grave que el Presidente atribuya su equivocación al cansancio, porque, pienso, que el cansancio no me debe llevar a decir nunca que lo blanco es negro, ni siquiera que lo gris es negro. Es tanta la diferencia en admitir que la Fiscalía es autónoma (dice él), pero también independiente y sometida al principio de legalidad e imparcialidad (digo yo o completo yo) a manifestar que él dirige la actuación de la Fiscalía, que, siendo benévolo y sólo pensando en Derecho, yo diría que necesita un reciclaje urgente en cuestiones básicas constitucionales del Estado Español. La cuestión es, pues, grave.

Valentín Cortés

 

 

Miércoles 6 de Noviembre de 2019

La imprudencia jurídica del Presidente de Gobierno

Dice el presidente del Gobierno (vid. www.republica.com) que se compromete a traer a Puigdemont a España, justificándolo en que la Fiscalía depende del Gobierno.

No sé si estas declaraciones son políticamente inoportunas (lo que no es mi tema), pero sí sé que son inexactas e imprudentes desde el punto de vista del Derecho.

La Ley Orgánica 24/2017, que modificó el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, no sólo no restringió la autonomía e independencia del Ministerio Fiscal respecto del Gobierno, sino que aumentó las garantías de estas cualidades, entre otras cosas porque el Ejecutivo no puede cesar por su sola voluntad al Fiscal General que hubiera nombrado, juntamente con el poder Legislativo (arts. 29 y ss).

Y si bien el Ejecutivo puede pedir que la Fiscalía General promueva la acción de la Justicia en defensa del interés público (art. 8), aquella no puede actuar sino sometida al principio de legalidad (art. 6) y de imparcialidad (art.7), de modo que difícilmente la Fiscalía tiene un papel importante o decisivo en la extradición de Puigdemont, máxime cuando la orden de detención europea, en la legislación española, es función exclusiva de los jueces y tribunales y no del Ministerio Fiscal.

Valentín Cortés

miércoles, 6 de noviembre de 2019


Miércoles 6 de Noviembre de 2019

La imprudencia jurídica del Presidente de Gobierno

Dice el Presidente del Gobierno (vid. www.republica.com) que se compromete a traer a Puigdemont a España, justificándolo en que la Fiscalía depende del Gobierno.

No sé si estas declaraciones son políticamente inoportunas (lo que no es mi tema), pero sí sé que son inexactas e imprudentes desde el punto de vista del Derecho.

La Ley Orgánica 24/2007, que modificó el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, no sólo no restringió la autonomía e independencia del Ministerio Fiscal respecto del Gobierno, sino que aumentó las garantías de estas cualidades, entre otras cosas porque el Ejecutivo no puede cesar por su sola voluntad al Fiscal General que hubiera nombrado, juntamente con el poder Legislativo (arts. 29 y ss).

Y si bien el Ejecutivo puede pedir que la Fiscalía General promueva la acción de la Justicia en defensa del interés público (art. 8), aquella no puede actuar sino sometida al principio de legalidad (art. 6) y de imparcialidad (art.7), de modo que difícilmente la Fiscalía tiene un papel importante o decisivo en la extradición de Puigdemont, máxime cuando la orden de detención europea, en la legislación española, es función exclusiva de los jueces y tribunales y no del Ministerio Fiscal. Y si no lo tiene la Fiscalía, menos lo tiene el Presidente de Gobierno

Valentín Cortés

martes, 5 de noviembre de 2019


Martes 5 de Noviembre de 2019
No es sólo desobediencia
El Tribunal Constitucional le ha hecho llegar al Presidente del Parlamento catalán su resolución, por la que le recuerda que tiene que obedecer la suspensión acordada por el Tribunal del acuerdo de la Mesa de tramitar ciertas iniciativas parlamentarias relativas al derecho de autodeterminación de Cataluña y la facultad de discutir y decidir sobre la soberanía e independencia de Cataluña con respecto a España. La suspensión se acordó por el Tribunal una vez admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Gobierno contra aquellas resoluciones parlamentarias.
El Presidente del Parlamento ha (vid. la prensa de hoy) rechazado llevar a cabo esa suspensión abundando en la idea ya expuesta otras veces( vid. nuestra entrada del día 11 de Octubre pasado) de que no puede censurar a los parlamentarios catalanes, quienes podrían debatir, según él, sobre cualquier materia. No hace falta repetir otra vez que el Sr. Torrent está profundamente equivocado y que, si sigue por ese camino, acabará inhabilitado, pues conscientemente habrá desobedecido al Tribunal Constitucional.
Pero, como toda esta desobediencia de las autoridades catalanas es un plan perfectamente concebido y estructurado a dúo (Gobierno y Parlamento), quizá convendría legislar en modo tal que no todo quedara en desobediencia e inhabilitación para los conjurados en estos actos y situaciones. No oí, sin embargo, propuesta legislativa alguna sobre estas cuestiones en el debate televisivo de ayer noche, de modo que ¡debo estar totalmente equivocado!
Valentín Cortés

lunes, 4 de noviembre de 2019


 
Lunes 4 de Noviembre de 2019
La gravedad de lo que está sucediendo ahora en Barcelona
Todo lo que está sucediendo hoy en Barcelona, y lo que puede suceder después de la publicación de esta entrada ( son las 17,30 h), afecta gravemente al orden público, pero también, y fundamentalmente, al Rey, quien, según la Constitución (art. 56), es el Jefe del Estado y el símbolo de su unidad y permanencia.
En definitiva, no se trata de manifestaciones de opiniones o creencias políticas (siempre admisibles), sino de atentados contra una realidad y bases constitucionales que van más allá de simples símbolos: son, pues, atentados contra la Constitución y contra el Estado.
Y son atentados porque todas esas actuaciones, a las que se han apuntado partidos políticos (con representación en las Cortes Generales y en el Parlamento catalán, vid. www.lavanguardia.com), van dirigidas a impedir actos de la Corona, mediante la fuerza o mediante la coacción, impidiendo el libre ejercicio, entre otras cosas, de los derechos de los ciudadanos que quieren asistir al acto.
Pero pongo poca esperanza en que las autoridades del Ministerio del Interior y de la Fiscalía interpreten los hechos como yo lo hago.
Valentín Cortés
 

jueves, 31 de octubre de 2019


Jueves 31 de Octubre de 2019

 

“Violentar la ley”

 

Leo en la prensa digital que el Presidente del Gobierno ha manifestado que el Sr. Torra “violenta la Ley”. Con ello quiere decir que lo que hace el Sr. Torra es violar la ley, es decir, incumplirla, bordearla con fraude, incurrir, posiblemente, en hechos con tipificación penal (desobediencia, corte de carreteras, incitación a la violencia, y un largo etc. Y todo ello, lo hace en su calidad de Presidente de la Generalidad. A esa misma conclusión llega, según las declaraciones efectuadas, el portavoz de los jueces en Cataluña que ha hecho gravísimas acusaciones contra el Sr. Torra y la Generalidad.

Ya sabemos que el Sr. Torra actúa, entre otras cosas, con tal soltura porque sabe, a su vez, que pronto será inhabilitado por la Justicia; le sale, pues, relativamente barato seguir en esa posición.

Pues bien, si todo ello es sabido, si además se ponen en peligro los intereses generales de España, no se comprende por qué razón extraña el Estado no acaba con esta situación de anomalía jurídica y democrática. La aplicación del mecanismo del art.  155 es irremediable, aunque no le venga bien a los intereses del partido en el Gobierno

Valentín Cortés