Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 26 de septiembre de 2019








Jueves 26 de  Septiembre de 2019
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El magistrado Conde Pumpido


Según insiste el diario ABC, el magistrado del Tribunal Constitucional es el ponente para dictar la sentencia en el recurso de amparo interpuesto por ciertos independentistas catalanes por la condena que sufrieron por asaltar o bloquear el Parlamento Catalán, apreciando entonces el Tribunal Supremo la existencia de violencia y coacción a las instituciones del Estado. Según el medio de comunicación, el magistrado quiere amparar a los recurrentes al  considerar que la actitud de aquellos asaltantes o bloqueadores no era violenta.
Como el Sr. Conde Pumpido lleva decenios  en la cumbre del organigrama judicial español, pues ha sido magistrado del Tribunal Supremo, Fiscal General del Estado y ahora Magistrado del Tribunal Constitucional, dada la tardanza proverbial en la resolución de los casos judiciales, se da la circunstancia de que este asunto, que trata sobre la anulación de la sentencia, ya fue  tratado, intervenido o participado directamente por el Magistrado en su función, en aquel entonces, de Fiscal General.
Me imagino que no sólo le habrá ocurrido en este caso, dado, como digo, su participación en todos los altos estamentos judiciales españoles. En este caso, sean cuales fueran las intenciones del medio de comunicación en denunciar estas circunstancias, o sean cuales fueran las intenciones del Magistrado, considero que la  Ley Orgánica del Poder Judicial le obliga a abstenerse ( art. 219 y concordantes) y dejar de conocer de este asunto.
Valentín Cortés

miércoles, 25 de septiembre de 2019


Miércoles 25 de Septiembre de 2019

El deterioro perceptible del Sr. Torra

La reiteración del Sr. Torra, Presidente de la Generalidad catalana, en enfrentarse con los órganos del Estado, y a sus decisiones, es un signo evidente de eso que hemos venido en llamar, de forma general, deslealtad constitucional, que se reviste en algunos casos, bien recientes, de desobediencia con tintes penales.

Me refiero a las declaraciones hechas por este Sr. con ocasión de las detenciones efectuadas en Cataluña de ciertos miembros de los CDR, por orden judicial, acusados de delitos tan graves como el de terrorismo.

No me cabe duda de que el Sr. Torra es libre de pensar que los detenidos son inocentes y que, incluso, sean lo que vulgarmente se denomina como “hermanitas de la caridad”. Es su derecho. Pero de ahí a calificar la actuación judicial como un acto de represión, dirigido y orientado por intereses exclusivamente represores y políticos, va el camino que se recorre del ejercicio de un derecho a la libertad de pensamiento y de expresión a la posible comisión de un delito de injurias y calumnias graves a un órgano del Estado, como es el juez ordenante de las actuaciones, pues lo está acusando de prevaricación.

Su camino de deslealtad constitucional, en firme progreso, (el Sr. Torra es la primera autoridad del Estado en el territorio autonómico de Cataluña) sólo puede acabar en la inhabilitación política de dicho señor.

Valentín Cortés

martes, 24 de septiembre de 2019


Martes 24 de Septiembre de 2019

Cómo en Casablanca

Con la disolución de las Cortes, termina una legislatura más de nuestra democracia. Según la prensa se trata de una legislatura que no ha aprobado ni una sola ley y creo que sólo en una ocasión el Ejecutivo ha sido controlado por las Cortes.

Acudo a la Constitución y en el art. 66 se nos dice que las Cortes Generales, además de ejercer la potestad legislativa y controlar la acción del Gobierno, aprueban los presupuestos del Estado, que tampoco han aprobado.

Si acudimos al Ejecutivo, ni siquiera se ha podido constituir.

Como en la película, donde siempre nos quedará Paris, en nuestro país siempre quien nos quedará el Poder Judicial.

Montesquieu se debe estar frotando los ojos, de ver al Poder “sospechoso”, salvador del Estado de Derecho en España.

Esto sólo se cambiará con las modificaciones de nuestra Ley electoral, de la Ley del Gobierno y las correspondientes de la Constitución; lo hemos dicho muchas veces a lo largo de los años que llevamos escribiendo en este blog.

Valentín Cortés

lunes, 23 de septiembre de 2019


Lunes  23 de Septiembre de 2019 

Thomas Cook

Cuando el sábado pasado esperaba mi avión en un aeropuerto europeo, y veía despegar hasta cuatro aviones de Thomas Cook en el espacio de treinta minutos, no sabía que al día siguiente se iba a anunciar la quiebra del citado tour-operador. Hoy me entero por www.eleconomista.es que, en el primer semestre de su ejercicio social (31 de Marzo de 2019), dio unas pérdidas de 1.487 millones  de libras esterlinas, dando lugar a que la auditora manifestara la clara inviabilidad de la empresa, que no ha tardado ni seis meses en manifestarse, dando lugar a la cancelación de todas las operaciones, consiguiendo una conmoción económica en Europa pareja a la jurídica que conlleva una quiebra que se extiende por muy diversos países. Los afectados: los turistas, la industria turística y sus industrias y servicios  asociados, las entidades financieras y de seguros, y un largo etc.

Ni nuestra legislación, ni la europea, contienen normas de clara prevención de estos desastres jurídico-económicos. Y eso es de tal gravedad que no se comprende como no se ha emprendido hace tiempo (tanto como el de la existencia de quiebras de gran magnitud y extensión geográfica) una seria labor legislativa preventiva que, modestamente, llevamos años pidiendo y denunciando su falta.

Valentín Cortés

sábado, 21 de septiembre de 2019


Viernes 20 de Septiembre de 2019 

La desobediencia del Sr. Torra

Posiblemente los leguleyos que asesoran jurídicamente al Sr. Torra le han dicho que, por ahora, en un primer estadio de la situación, puede salir a la prensa a decir que no obedece al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y que no retira, tal como le habían ordenado, pancartas o símbolos partidistas de los balcones de la Generalidad. El delito de desobediencia, en nuestra legislación, requiere, estúpidamente, que sea muy contumaz, casi perpetua, y, por decir alguna otra cosa, hasta “impertinente”. ¡Grave error del legislador!, pero así es.

Bien. Pero una cosa es el delito y otra es que un alto representante regional del Estado se permita esas conductas que son claramente inconstitucionales y para eso está, aunque nuestros políticos no quieran, el art. 155 de la Constitución.

Mientras tanto, el Sr. Torra puede seguir sus ejercicios de provocación de salón, hasta la inhabilitación política que está cada día más cerca.

Valentín Cortés

miércoles, 18 de septiembre de 2019


Jueves 19 de Septiembre de 2019 

Preparándose para la sentencia

El movimiento de los sectores independentistas frente a la sentencia del Tribunal Supremo, que se avecina, presagia que la esperan muy desfavorable. Igualmente, indica que esos sectores políticos estiman que deben atacar la sentencia, no tanto en el plano jurídico (que me imagino que también) como en el plano político. En definitiva, lo que se cuestiona ahora por los sectores independentistas es qué reacción tener frente al Estado que castiga.

La Vanguardia de días pasados nos daba cuenta de una reunión en Poblet el próximo sábado de lo que el periódico llama sector moderado del independentismo, que partiendo de la idea de que, en Europa, España es tenida por una asentada democracia liberal, entiende que la reacción debe encuadrarse en el realismo, paciencia y perseverancia, que es tanto como negar la via, de la que ayer mismo hablábamos, que comporta necesariamente violación del ordenamiento jurídico.

Lo curioso es que, aun hoy, no son capaces de entender que, frente a una actuación jurídica, que es lola que ha tenido el Estado (parece ser que con bastante éxito) frente a los actos de rebelión o sedición, no caben reacciones de otra naturaleza que las jurídicas; todo lo demás, científicamente, está condenado al fracaso, precisamente porque España es, y está considerada, una democracia liberal asentada.

Valentín Cortés

Miércoles 18 de Septiembre de 2019

La desobediencia civil

Por lo que se ha podido leer en la prensa digital en los últimos días, todo indica que el independentismo catalán está preparando una campaña (dicen) de destrucción del Estado que pasaría por la desobediencia civil, que, curiosamente, entronca para este con la resistencia no violenta.

Las dificultades prácticas de tal operación no se le deben ocultar ni siquiera a los propios independentistas, pero aquí lo que nos compete aclarar son dos cuestiones que entiendo son básicas y que, de seguir adelante tal proyecto, sin duda, aparecerán de forma inmediata. De una parte, la desobediencia civil implica incumplimiento de deberes civiles, administrativos e, incluso, realización de actos u omisiones de tipo penal. De modo que incitar a ello, según de donde venga la incitación, aun cuando no exista posteriormente actos masivos de desobediencia civil, puede conllevar actuaciones ilegales que lleven aparejada la perdida de la condición de funcionario; amén de las responsabilidades que pueden asumir cada uno de los “desobedientes”. De otra, la desobediencia civil nada tiene que ver con la resistencia no violenta, a la que, romántica y burdamente, se agarran esas propuestas, porque la resistencia no violenta nunca puede implicar violación de la Ley, y si la implica lo que se violenta es la propia Ley.

Valentín Cortés