Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 4 de abril de 2018


Miércoles 4 de Abril de 2018

La Sra. Cifuentes y su máster

Me cuesta trabajo escribir sobre este tema, máxime después de haber estado en activo en la Universidad española durante más de 45 años.

Si la Sra. Cifuentes no hizo el máster completo y obtuvo el título de haberlo hecho es evidente que no sólo ella cometió la ilegalidad, no sé a la altura de la investigación que se sigue, si administrativa o penal. Porque siendo importante aquello desde el punto de vista político, desde nuestro punto de vista, es decir el jurídico, lo que sería más importante es constatar, si todo se comprueba, que la Universidad en cuestión, o alguno de sus profesores o funcionarios, ha cometido la irregularidad o la ilegalidad de la que se habría aprovechado la Sra. Cifuentes.

Y es en este punto donde no puedo obviar que en el campo universitario, por lo menos durante el tiempo que yo he sido funcionario en activo, no ha sido extraño sospechar de estos casos o similares, quizá porque se ha creído que no era corrupción, ni ilegalidad alguna, el favor, la recomendación, la facilitación y laxitud de los plazos, aplicables con rigor para unos y subsanables para otros, los apaños en la oposiciones, la endogamia dominante en ellas y tantas cosas que ahora me duele recordar al subsumir el escándalo posible de la señora Cifuentes en lo que desgraciadamente, si bien no ha sido práctica común en la Universidad, sí ha sido, de alguna manera, practica no extraña al discurrir de la vida universitaria.

No nos equivoquemos; desde nuestro punto de vista, el meollo de este posible problema está, sin duda, en la Universidad.

Valentín Cortés

 

martes, 3 de abril de 2018


Martes 3 de Abril de 2018

La cruda realidad

De todas las posibilidades que tenía el Sr. Puigdemont, hoy le ha tocado la peor: la fiscalía alemana pide que se conceda la extradición no sólo por rebelión sino también por malversación de caudales públicos y, por si fuera poco, mantiene la petición de la medida cautelar de prisión incondicional.

La Fiscalía alemana, pues, mantiene que el Sr. Puigdemont es un delincuente común que ha intentado dar un golpe de Estado, independizando una región de forma inconstitucional y con violencia mediante el instrumento ilegal del referéndum.

Ayer mismo, la alcaldesa de Barcelona mantenía en Madrid que la judicialización del “proceso” ha sido un fracaso, no arregla nada, es perjudicial y debería terminar (vid. www.europapress.es). Amén de defender de manera tan cínica que no se persiga penalmente a los delincuentes del “proceso”, dejando impunes los actos de rebelión, violencia, malversación de fondos o desobediencia, choca directamente con la realidad judicial española (es decir, con el Estado español) y, parece ser, con la realidad judicial alemana, que es tanto como decir europea.

Si el Tribunal alemán confirma la tesis del Fiscal alemán, necesariamente los independentistas deberán cambiar el discurso político y, además, centrarse, directa e indirectamente, en el discurso jurídico.

Valentín Cortés

 

lunes, 2 de abril de 2018


Lunes, 2 de Abril de 2018 

Mucho camino aún por recorrer

En todos estos días de Semana Santa, bombardeados por las noticias y comentarios que nos han llegado sobre la detención del Sr. Puigdemont en Alemania, se nos ha puesto en claro las deficiencias y carencias del sistema europeo de las órdenes de detención europea.

El sistema hace posible que el juez requerido examine la bondad democrática del país de procedencia de la orden y que, por ende, se especule y decida sobre la posibilidad de un juicio justo para el concernido tras la detención y puesta a disposición del juez requirente.

Todo esto se me antoja absurdo entre Estados que están en la Unión Europea, a los que, sólo por ello, se les debe atribuir, de forma incuestionable, su naturaleza plenamente democrática lo que conlleva la utilización de procesos en donde están garantidas a priori todas las libertades y derechos de los detenidos y enjuiciados.

Mucho, pues, hay que recorrer para alcanzar la unidad que se persigue dentro de la Unión Europea.

Mañana, tendremos noticias de la primera especulación que harán las autoridades judiciales alemanas sobre nuestro sistema procesal.

Valentín Cortés

viernes, 23 de marzo de 2018


Viernes 23 de Marzo de 2018
¿Politización de la Justicia?
El ex Presidente, Sr. González, ha manifestado su deseo de que los rebeldes catalanes no entren en prisión y ha lamentado que la solución del conflicto catalán se haya entregado o reservado a los jueces, sin que se hayan tomado por el Gobierno medidas políticamente adecuadas (vid. www.elconfidencial.com).
El Sr. González es y ha sido un grandísimo “hombre de Estado” y, en ese sentido, a mi me causa extrañeza que obvie, en su declaración, que el Poder Jurisdiccional es Estado y que resuelve, en este caso, dentro de sus funciones constitucionales (art.117 CE), no un conflicto político, sino estrictamente jurídico: está dilucidando si se han cometido delitos, lo que haría, sin comentarios en contra del Sr. González, si yo fuera quien hubiera hecho o llevado a cabo los actos que han realizado estos políticos catalanes.
Judicializar la Política es utilizar la Justicia como instrumento político; y aquí, por contra, lo que ocurre es que un problema que es político, lo han convertido sus protagonistas rebeldes en un problema jurídico, que no son los políticos (tal como quiere el Sr. González) quienes tienen que resolverlos, sino los jueces.
Le guste o no al Sr. González, el Estado da muestras que funciona y si el Magistrado instructor cree que esas personas han delinquido y deben ir a prisión, no por ser políticos debe declinar su deber-poder (en eso consiste la función jurisdiccional) de hacerlo.
Valentín Cortés
NB. - Estaré con ustedes, de nuevo, el próximo martes, día 3 de Abril.
 

jueves, 22 de marzo de 2018


Jueves 22 de Marzo de 2018
La decisión del Sr. Torrent
Como Presidente del Parlamento catalán, ha propuesto al Sr. Turull como candidato a Presidente de la Comunidad Autónoma; sabemos que lo ha hecho de forma urgente, con sesión parlamentaria incluida, para que se haga la designación antes del viernes, que es cuando se ha anunciado una “vistilla”, tras la comunicación de los procesamientos por el Tribunal Supremo, para revisar la situación cautelar del Sr. Turull, que será procesado por rebelión, sedición y malversación de fondos y que puede entrar en prisión, siendo entonces imposible, legalmente, que ejerza como Presidente.
Dice el Presidente del Parlamento (www.expansion.com) que “entendiéramos que la entrada en prisión del Sr. Turull demostraría que se han vulnerado todos los derechos”.
Lo destacable de estas manifestaciones del Presidente del Parlamento es que se demuestra por enésima vez que el independentismo no reconoce la legalidad española y que pretende vivir y funcionar fuera de ella, de otra manera no afirmaría que la prisión vulnera algún derecho del procesado, aunque del contexto de la entrevista parece que esos derechos que se vulnerarían no sólo serían del Sr. Turull, sino así  mismo de los parlamentarios que lo designarían como Presidente. De donde, igualmente, las conductas y actos de esos parlamentarios parece que, para el independentismo, quedan fuera del control, aplicación y órbita de las normas españolas. Piensan y actúan, pues, bajo la órbita de su  “legalidad”.
Con esta manera de actuar en política, me parece inevitable que el Magistrado Instructor tenga más clara aún la voluntad decidida de estos señores de seguir delinquiendo. Pienso, pues, que mal augurio para el Sr. Turull.
Valentín Cortés

miércoles, 21 de marzo de 2018


Miércoles 21 de Marzo de 2018
“Top manta”
Si despojamos al fenómeno “top manta” de su componente demagógico y, por supuesto, social (que nos lleva a la marginación, esclavitud, inmigración ilegal y un largo etc. de problemas) nos encontramos con el problema jurídico de la venta de productos y mercancías falsificados. Dicho de otra manera, se trata de vender mercancías o productos que todo el mundo sabe que son falsas, pero que ello no evita que con dicha falsificación y venta de este vulnerando la propiedad industrial y, a veces, intelectual de los legítimos propietarios.
Una sociedad que admita que se puede atacar, violar o apropiarse de lo ajeno sin que ello sea considerado punible, merecedor de un reproche penal, es evidente que está socavando los cimientos de la convivencia y, en nuestro caso, de la Constitución (art.33) que, además de reconocer el derecho a la propiedad privada, establece el principio de que nadie puede ser privado de sus bienes  y derechos, salvo los supuestos de expropiación por utilidad pública e interés social y ello con la correspondiente indemnización.
Por tanto, los problemas sociales hay que solucionarlos con medidas sociales; nunca, como se propone ahora por algunos grupos políticos, violando la Ley
Valentín Cortés

martes, 20 de marzo de 2018


Martes 20 de Marzo de 2018

El pasaporte de los fugitivos

He leído en www.republica.com un extenso reportaje sobre la petición que la Fiscalía del Tribunal Supremo ha hecho al Magistrado instructor de la causa por rebelión, sedición y malversación de fondos que se sigue, entre otros, contra los independentistas catalanes fugitivos en el extranjero.

Se trata, por lo leído, de poner fin a una serie de “viajes de propaganda política” que estos señores han empezado a realizar a determinados países europeos, en los que tienen mas o menos seguridad que es difícil que se proceda a la detención y entrega a España por los delitos de rebelión y sedición. Me imagino que la Fiscalía ha estudiado el tema y que la petición que se hace tendrá un serio fundamento jurídico penal.

Tengo que decir que el fin de las medidas cautelares (y no olvidemos que lo que pide el Fiscal es una medida cautelar penal), es asegurar, primero, la realización del juicio y, en segundo lugar, el cumplimiento de la condena que pudiera recaer en el juicio. Desde este punto de vista, que es estrictamente procesal, no veo claro que la medida cautelar pedida tenga acomodo en el concepto que tiene la Ley de Enjuiciamiento Criminal de esas medidas, pues, según mi modesta opinión jurídica, la anulación de los pasaporte de los fugitivos está destinada más a evitar el menosprecio a la Justicia española, que la viabilidad de la resultancia del futuro juicio.

Por todo esto, me imagino que el Magistrado Ponente no accederá a lo pedido por la Fiscalía.

Valentín Cortés