Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 31 de mayo de 2017


Miércoles 31 de Mayo de 2017

Jueces creadores del Derecho

Lo digo por el juez de Barcelona que ha reconocido la pensión de viudedad a una señora por la muerte de un hombre en 2015 con el que convivía,con el que tenía un hijo, pero que no cumplía los requisitos legales establecido en la Ley ( también aplicable a Cataluña tras una sentencia del Tribunal Constitucional de 2014) pues no estaba ni casada ni estaba reconocida e inscrita como “pareja de hecho” con antelación a dos años del fallecimiento. Aunque, en su análisis, obvia un dato que se nos atoja importantísimo, cual es que, cuando se pudo y debía pedir el registro de la situación de hecho, si se querían  tener los beneficios legales de tal unión, no se hizo( así se deduce de la lectura de  www.larazon.es de esta mañana). Ni siquiera se intentó, pues, inscribir la situación de convivencia a los efectos de los futuros beneficios legales.

El argumento del juez para conceder la pensión de viudedad, dando por probado que vivían juntos hacia diez años, que tenían un crédito hipotecario conjunto y que tenían un hijo común, ha sido sorprendente: ha declarado que ese requisito “de cumplimiento imposible” ( pues murió un año después de que se pudiera pedir la inscripción de la pareja como “de hecho”) atenta contra el principio de seguridad jurídica y de igualdad ante la ley y que la aplicación de ese requisito en Cataluña no fue bien informado a la población y no era, pues, conocido.

Es decir, el juez crea el derecho, uno distinto al existente, porque no le parece adecuado ni justo, y concede la pensión de viudedad, que siendo, sin duda, un acto beneficioso, es claramente ilegal. Pienso yo que es precisamente su sentencia la que atenta al principio de seguridad jurídica y de igualdad ante la Ley.

Valentín Cortés

 

martes, 30 de mayo de 2017


Martes 30 de Mayo de 2017
La declaración del testigo Sr. Rajoy
Toda la prensa digital recoge como gran noticia que el Presidente del Gobierno Sr. Rajoy, cuando declare como testigo en el caso Gürtel, tendrá que hacerlo en persona y en la Sala de juicios, sin que  haya sido admitido que lo haga a través de videoconferencia. Lo traigo porque es manifestación de la politización de la Justicia.
Y copio la esencia del art. 731 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que nos hagamos idea de lo que digo: “El tribunal…….por razones de utilidad, seguridad o de orden público, así como en aquellos supuestos en que la comparecencia de quien haya de intervenir en cualquier tipo de proceso penal como imputado, testigo, perito o en otra condición resulte gravosa o perjudicial…..podrá acordar que  su actuación se realice a través de videoconferencia…”.
Realmente, resulta difícil que la declaración de un Presidente de Gobierno no encaje en ninguno de los amplios conceptos que maneja la Ley, que permiten una gran dosis de discrecionalidad por parte del Tribunal a la hora de decidir. Eso es realmente lo que ha ocurrido, pues lo mismo que ha manejado esos criterios para negar la videoconferencia, podía haberlos usado, en sentido contrario, para la aceptación de tal modo de prestación de testimonio.
Si a ello añadimos que una mera resolución de ordenación procedimental se ha tomado por mayoría y con voto particular discordante del Presidente de la Sala, nos demuestra cuan largo es el camino que tenemos que recorrer para que nuestros magistrados dejen la ideología política barata aparcada a las puertas del Tribunal.
Valentín Cortés

domingo, 28 de mayo de 2017


Lunes 29 de Mayo de 2017

La impunidad

Tengo que confesar que la semana pasada sentí una cuasi pecaminosa atracción fatal , ocupándome toda ella del tema catalán; pero, he de empezar esta con lo mismo porque no me dio tiempo, por los temas que surgían, de ocuparme de algo, para mí relevante, como fue la reunión que celebraron el Fiscal General del Estado y el Presidente de la Generalidad: esta vez, esa reunión, entre tan significativas personalidades, de la que habló  la prensa largo y tendido, no ha producido escandalo alguno como ha ocurrido en otras ocasiones similares. Lo que es significativo.
Fíjense que se trata de la reunión del Jefe de los Fiscales con el Jefe de todo el conjunto de condenados e investigados independentistas presentes y futuros. Como digo,no ha habido revuelo político: ¡todo un índice!
Lo que realmente me atrajo de esa reunión fue el lamento del Presidente de la Generalidad sobre la “judicialización de la Política” que llevaba a cabo la Fiscalía con, se supone, sus molestas y perturbadoras investigaciones y querellas.
Escribo de esto, porque yo, que tanto protesto por la judicialización de la Política, quiero decir que en el tema catalán no se judicializa la Política, sino el delito, porque lo que persigue la Fiscalía no son actuaciones políticas, sino conductas delictivas que llevan a cabo esos políticos catalanes.
Lo que quiere el Presidente de la Generalidad, ante los tiempos que se avecinan, es que, dado que a la Presidenta del Parlamento catalán se le ha negado la inmunidad, que, al menos, haya impunidad.
¡Ciertamente, difícil!


  • Valentín Cortés

jueves, 25 de mayo de 2017


Viernes 26 de Mayo de 2017

La contestación

Ayer, ya escrita y publicada mi entrada sobre la carta del Presidente de la Generalidad al Presidente de Gobierno, se publicó en toda la prensa la contestación del Sr. Rajoy. Tengo, pues, que terminar la semana, a mi pesar, ocupándome del tema catalán.

Lo más importante de la contestación, que no sólo tiene como destinatario al Presidente de la Generalidad,- pues tiene también como destinatarios, aunque sean virtuales, a los organismos europeos e internacionales-, es la contundencia de la doctrina constitucional que emana, que va de la cruz (la soberanía popular nacional) a la raya (al citar la posibilidad de la Generalidad de utilizar los mecanismos constitucionales para la modificación de la Constitución, claro está, con los apoyos políticos correspondientes de los que carece), que pone la pretensión epistolar del Presidente de la Generalidad ante la mera bravuconería amenazante, ilegal y anticonstitucional que nadie puede comprender en pleno siglo XXI

Valentín Cortés

Jueves 25 de Mayo de 2017

La carta astuta
 
Me refiero a la que le ha mandado el Presidente de la Generalidad al Presidente del Gobierno, y de la que he leído un extracto en www.europapress.es.
En ella se pide el inicio de negociaciones sobre los términos y condiciones del referéndum en el que los ciudadanos y ciudadanas(sic) de Catalunya(sic) podrán decidir con su voto el futuro político del país.
Fuera de la “astuta” intención política( que no me interesa en este blog) que puede contener la misiva y su referencia a la Comisión de Venecia ( negociar “de acuerdo a los términos que establece la Comisión de Venecia”) que  no es otra que la Comisión Europea para la Democracia a través del Derecho, que informa sobre la legalidad de los procesos refrendarios, realmente es difícil entender jurídicamente la carta y su referencia a esa Comisión, dado el antecedente de marzo de 2014 con  la decisión de aquella sobre el referéndum de anexión de Crimea a Rusia, del que la Comisión declaró su ilegalidad al no estar contemplado en la Constitución de Ucrania, ni en la carta Magna de Crimea la posibilidad de referenda secesionistas. Lo que se me antoja que es caso idéntico a este pretendido referéndum que plantea el Presidente de la Generalidad. Sin olvidar que nuestra Constitución establece que la soberanía nacional reside en el conjunto del pueblo español.

Valentín Cortés

miércoles, 24 de mayo de 2017


Miércoles 24 de Mayo de 2017 

La pretendida inmunidad parlamentaria de la Sra. Presidenta del Parlamento catalán.

Recoge la prensa digital de esta mañana el auto del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que ha negado la inmunidad absoluta pretendida por la Sra. Presidenta, que, como sabemos es investigada criminalmente por desobediencia al Tribunal Constitucional.

 Ya opinamos en nuestro blog el pasado 8 de Mayo cuando esta señora fue a declarar como investigada y no lo hizo, limitándose a manifestar que, en razón al Estatuto de Autonomía, no se le podía juzgar por tener inmunidad absoluta. Ahora el Tribunal, como no podía ser de otra manera, interpreta el Estatuto catalán en el seno del conjunto del ordenamiento jurídico, y le dice que la inmunidad estatutaria no ampara ilegalidades y que no se le investiga por dar opiniones ni por manifestarlas, ni siquiera por votar, sino por desobedecer al Tribunal Constitucional.

Para mí sigue siendo curioso cómo todos estos señores independentistas se empeñan en utilizar, como base de su defensa, una legalidad leguleya y absurdamente interpretada, de la que desaparece (¿será astutamente?) cualquier atisbo de su incardinación con el orden constitucional. Vano intento cuando alguien está sometido a los tribunales españoles, que aplican las leyes españolas que, por demás, tienen obligación de interpretar, sistemáticamente, de acuerdo con la Constitución.

Valentín Cortés

 

martes, 23 de mayo de 2017


Martes 23 de Mayo de 2017
La vacuidad de una frase
Aunque no era mi intención, vuelvo hoy al tema catalán, porque una de las cosas que dijo el Presidente de la Generalidad en su conferencia de ayer fue una frase pomposa, pero vacua, típica de los secesionistas, que, en principio, me ha interesado: El Estado “no tiene tanto poder como para detener tanta democracia”. Realmente, no creo que se cite en el bachillerato del futuro como ejemplo del detonante de una nueva era, pero la traigo a colación porque creo que enlaza con lo que yo ayer, en este blogg, decía y me reafirma en lo que decía.
Que el Estado tenga el poder no creo que nadie lo pueda negar en serio, ni siquiera el conferenciante;  que lo que hay en frente sea tanta democracia, no voy a negar que alguien lo pueda creer, pero ni lo cree el Estado( en el conjunto de sus instituciones), ni la comunidad internacional que nos concierne, por lo que pareciera  se refería el Presidente de la Generalidad, más bien, a que “le interese” utilizar ese poder.
Veamos: La opción que ofrece el conferenciante es la ilegalidad y la ruptura del Estado, de modo que, como esta opción es inasumible ontológicamente por el Estado, mucho me temo, que descartada también la fuerza por los independentistas, la única salida es el art. 155 de la Constitución que, llegado el momento, el Estado puede llevarla cabo, le interesa llevarla a cabo y, además, sirve para restaurar la democracia, pues aplica la Constitución allí donde fue violada.
Valentín Cortés