Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 3 de noviembre de 2014


Lunes 3 de Noviembre de 2014

La ineficaz oficina judicial.

La noticia la publican todos los periódicos digitales esta tarde y hace referencia a que la Juez Alaya ha imputado a seis personas más en el caso de los EREs falsos. Y van 229 (www.expansion.com).

Todo el que lea la noticia, además de otras consideraciones, se hará la pregunta que yo me hago con cierta vergüenza: ¿Cómo es posible que esta señora tenga que llevar este asunto en las condiciones paupérrimas de medios materiales y personales con los que cuenta?

 Hace ya muchos años propuse que se modificara el concepto de oficina judicial para dar cabida a una en la que el personal en su conjunto no solo estuviera adscrito a un Juzgado o Tribunal en exclusiva, sino a todos aquellos que necesitaran en un momento dado de apoyo  concreto y especifico que las investigaciones van exigiendo. Hoy día la oficina judicial es decimonónica y, por consiguiente, ineficaz e inoperante como se demuestra en estas macrocausas, que se eternizan en el tiempo con grave daño para la Justicia.

Quizá la mala opinión del ciudadano sobre la Justicia, radique en este tipo de situaciones a las que no se les pone remedio.

Valentín Cortés

 

viernes, 31 de octubre de 2014


Viernes 31 de Octubre de 2014

Quosque tandem abutere, (Estado), patienta nostra.

Debe ser mucho el dinero que Hacienda puede recaudar, al endurecer como lo hace (ahora con algunas correcciones que se van a introducir como enmiendas en el Senado a la Ley fiscal que se tramita, www.expansion.com), por la venta de los ciudadanos de sus inmuebles y derechos. No lo sé.

Lo que sí sé es, por ejemplo, que para comprar un piso debo ganar dinero y pagar impuestos por haberlo  ganado; debo pagar por el mero hecho de comprarlo, por hacer la escritura pública que me impone el Ordenamiento Jurídico, debo pagar por inscribirlo en el Registro de la Propiedad, lo que me  impone la seguridad jurídica, debo pagar todos los años en el Impuesto sobre la renta lo que se supone me produce ese bien en mi patrimonio, posiblemente debo pagar el impuesto de patrimonio por tener entre otras cosas ese piso, debo pagar al Ayuntamiento todo los años el Ibi creciente,  debo pagar los gastos comunes, y otras cosas más, que se me han olvidado.

 Y ahora (que el españolito de turno necesita venderlo porque necesita liquidez) si se le ocurre venderlo, las correcciones que eran lógicas (dentro de la lógica impuesta “por el pagar”), se reducen significativamente.

Pues bien, no sé si todo esto es fundamental para reducir el déficit, o es una torpeza política, pero sí sé que es una norma injusta y que atenta contra un principio económico y social vital cual  es el del ahorro y previsión de las familias.

Valentín Cortés

jueves, 30 de octubre de 2014


Jueves 30 de Octubre de 2014

Una oportuna reforma del Reglamento del Congreso.

He leído en www.europapress.s que el Partido Popular quiere reformar el Reglamento de las Cortes, de forma puntual, aprobando una norma que imponga la suspensión de los parlamentarios cuando contra ellos se abra el juicio oral en  procesos por delitos de corrupción.

La propuesta se asienta en determinar el momento en el que debe ser “insoportable socialmente” que un parlamentario sometido a una investigación penal siga en activo y deba ser apartado, por tanto, de la función parlamentaria.

La sociedad, en todos estos escándalos, no distingue, porque la ley es confusa, entre la acusación de la comisión de delitos que viene del Ministerio Fiscal o de un particular (por ejemplo, el Sr. Bárcenas acusa al Sr. Aceves de la comisión de delitos), y la imputación ( que siempre es judicial) de la comisión de delitos, porque la Ley torpemente ha creído, sin que hasta ahora se deshaga el equívoco, que para que alguien acuda al juzgado con abogado hay que llamarlo imputado.

 La imputación que permite que alguien sea juzgado por la comisión de delitos es la que contiene el auto de apertura del juicio oral; las anteriores (la adopción de medidas cautelares que afectan a los derechos personales del acusado - prisión, libertad condicional con fianza o sin  fianza, o al patrimonio, el auto de procesamiento) no suponen ni son la imputación definitiva y suficiente para enjuiciar. Por eso me parece bien la propuesta de modificación del Reglamento del Congreso.

Valentín Cortés

miércoles, 29 de octubre de 2014


Miércoles 29 de Octubre de 2014

El desnudo integral (jurídico) de la Generalidad.

Mientras el Consejo de Estado elabora su dictamen sobre la llamada consulta participativa del 9 de Noviembre en  Cataluña, se han producido, de una parte,  declaraciones de personajes públicos que recoge hoy www.elimparcial.es y, de otra, que ayer oí en una cadena de TV, que me confirman en mis opiniones publicadas anteriormente en este blog.

El Ministro de Justicia ha dicho que esa consulta es un fraude a la Ley; lo que ya le oí también ayer al Profesor Muñoz Machado en TV, añadiendo  éste el argumento de que la Generalidad estaba actuando en vía de hecho. Es obvio que estoy de acuerdo con  ellos,y creo que es importante que se produzcan estas declaraciones, dado que entiendo que este problema, que es de consecuencias de enorme contenido político, requiere una primera solución y un primer tratamiento jurídico, y desde ese punto de vista es muy importante que así lo entienda el Consejo de Estado, tomándolas en consideración.

También he leído que el Sr. Mas ha acusado el Gobierno de cobarde por acudir al Tribunal Constitucional para evitar la pantomima del día 9. Antes la astucia, ahora la cobardía, ponen de manifiesto la desnudez jurídica del Gobierno de la Generalidad.

Valentín Cortés

 

martes, 28 de octubre de 2014


Martes 28 de Octubre de 2014
 
La policía judicial
 
Distintas personalidades del Gobierno vienen diciendo, en los últimos días, que las investigaciones sobre “la corrupción de los políticos”, que están saliendo a la luz, “demuestran que está funcionando el Estado de Derecho”.
El Estado de Derecho se asienta en la división e independencia de los Poderes del Estado. Montesquieu, en su "De l´esprit des loix", realmente, desconfiaba del Poder Judicial, porque según él, al interpretar la Ley aplicándola, podía ir contra la voluntad popular manifestada en ella. Hoy día, nos falta la finezza de Montesquieu. Ahora no es así: se desconfía principalmente del Poder Ejecutivo, que domina al Poder Legislativo y manipula al Poder Judicial.
 Por eso cuando este Poder, a través de la Policía Judicial, saca adelante las investigaciones de los trapos sucios del Poder Ejecutivo se debe a que ahora éste respeta más la independencia del otro Poder que años anteriores, en los que existiendo la misma corrupción, no salía a la luz por impedirlo el Poder Ejecutivo que, es donde, principalmente, está la corrupción.
No es que funcione el Estado de Derecho, es que nuestro Estado de Derecho es de mejor calidad que hace unos años o, incluso, meses.
Valentín Cortés  

lunes, 27 de octubre de 2014


Lunes 27 de Octubre de 2014

La "vía de hecho".

Este fin de semana pasado se ha hablado mucho, de una parte, de la astucia del proceder de la Generalidad y del Sr. Mas (produce sonrojo oírlo decir a sus subordinados en el gobierno o partido); de otra, se ha puesto en el tapete la cobardía y miseria del Sr. Mas, que involucra a particulares y funcionarios en el llamado referéndum o consulta soberanista, sin que él actúe.

Yo tengo dicho en este blog que todo este proceso es, desde el principio, un claro fraude de la Constitución: al principio se utilizaba una ley de cobertura, claramente inconstitucional, para conseguir un resultado no querido por la Constitución; ahora se utiliza fundamentalmente la vía de hecho, que siempre es ilegal en Derecho Administrativo ( pues su esencia es normalmente que la Administración actúa sin producir actos administrativos formalmente fiscalizables) y que los "astutos" de la Generalidad creen la panacea, pero que no es sino otra modalidad de fraude a la Constitución.

Por eso  no entiendo bien que el Gobierno, eso dice la prensa, tenga dudas jurídicas en seguir con su línea de impugnaciones ante el Tribunal Constitucional.

Valentín Cortés

viernes, 24 de octubre de 2014


Viernes 24 de Octubre de 2014
Lex artis médica
La “portavoz” de la auxiliar de enfermería, ya curada del ébola, ha anunciado demandas por responsabilidad  y querellas. Es decir: la guerra judicial total. Desde el punto de vista jurídico es totalmente legítimo.
 Ya hice un comentario el lunes 20 de Octubre pasado sobre lo que vagamente se anunciaba entonces. Cualquiera que, ahora, lea los periódicos o vea los informativos de las televisiones, observará que las futuras partes, en el que podría llamarse algo así como el “proceso del ébola”, están tomando posiciones. La legítima lucha judicial, irremediablemente, se desnaturalizará por la lucha política.
El problema de esa clase de lucha es doble: que las partes procesales no podrán coincidir con las políticas, a no ser que se fuercen extraordinariamente las cosas, y que las responsabilidades económicas sólo se creen sustanciosas si es la Administración la responsable; por tanto, se buscarán.
Todo me recuerda al caso del tren de Santiago, donde no ha tenido recorrido haber buscado la responsabilidad más allá del foco lógico y natural de producción de los hechos. Y ya alguien ha recordado, por ejemplo, que a los misioneros fallecidos de ébola los han tratado sanitariamente más de 200 personas, durante muchos días y muchas horas. El problema, pues, no debe estar, lógicamente, en la actuación y protocolos del aparato y sistema sanitarios. Y si esto es así, ¿Cómo condenar a quien ha actuado dentro de las reglas de su arte o ciencia o a quienes han impuesto esas reglas?
Valentín Cortés