Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 17 de octubre de 2014


Viernes 17 de Octubre de 2014

 

Acusados de administración desleal

He leído en www.wlmundo.es que, al imponer la fianza por responsabilidades civiles, el Juez ha imputado a los Sres. Blesa y Rato la comisión del delito de administración desleal de Caja Madrid ( Bankia).

Desde el punto de vista jurídico procesal se me plantean dos problemas que tendrá que resolver el juez: de una parte: centralizar la responsabilidad por administración desleal sólo en los ex presidentes de la institución será difícil, cuando había un Consejo de administración, un Comité ejecutivo y un Consejero delegado. De otra parte, estos delitos societarios no se pueden  perseguir si no es por denuncia de la entidad agraviada, salvo que el delito afecte a los intereses generales o a una pluralidad de personas (art. 296 Código Penal). Yo creo que el delito no afectó a los intereses generales cuando se cometió, pero si afecta ahora a los accionistas de Bankia, por lo que es suficiente con la acción del Fiscal, y ni siquiera es necesaria la querella de Bankia o de cualquiera de sus accionistas.

Valentín Cortés

jueves, 16 de octubre de 2014


Jueves 16 de Octubre de 2014

Sobre las tarjetas negras y las estrategias.

Leo en www.elconfidencial.com que los titulares de las tarjetas negras de Caja Madrid, que las utilizaron, “contraatacan” y piden un certificado sobre sus datos fiscales a Caja Madrid para demostrar que no defraudaron a Hacienda.

No veo, lo que no es raro dado mi desconocimiento sobre los hechos concretos del caso, donde está el contraataque. Si no he entendido mal, aquí quien ataca es la Agencia Tributaria y la Fiscalía Anticorrupción. Si por este asunto se debe sancionar también a la sucesora de Caja Madrid, por no cumplir sus deberes fiscales, se hará, pero no evitará que se sancione a los consejeros.

Si las tarjetas eran para cubrir gastos del ejercicio de las funciones de consejero, como corrían lógicamente a cargo de la Caja, ésta los habrá declarado como tales y no constarán en el certificado fiscal que la Caja pueda emitir. El problema es cómo justificar, por ejemplo, que comprar ropa interior a la esposa del Sr. Consejero sea gasto del ejercicio de la función de ser Consejero. Y así otros ejemplos, quizá, menos grotescos, pero igualmente claros. Por eso, donde no haya justificación, me temo que la Agencia Tributaria pensará que son complementos en especie al sueldo.

Valentín Cortés

miércoles, 15 de octubre de 2014


Miércoles 15 de Octubre de 2014.

 

El CGPJ y la lista de morosos con la Hacienda.

A propósito del informe que hace el Consejo General del Poder Judicial(CGPJ) sobre los proyectos de ley, hoy leo en www.expansion.com que se critica abiertamente, en el informe dedicado a la Ley General Tributaria, que se prevea publicar el registro de morosos, que chocaría con la legislación en materia de protección de datos, según el CGPJ, y no se establezca nada en relación con el registro de defraudadores.

El moroso debe ser entendido como aquel que ha declarado correctamente sus obligaciones fiscales, pero que no ha satisfecho en tiempo y forma todo o parte de la deuda contraída con la Agencia Tributaria: por ejemplo, no pagando el segundo plazo del IRPF. El defraudador ha ocultado sus rentas a la Hacienda Pública para no pagar la cantidad a la que está obligado.

Los problemas de protección de datos que ve el CGPJ para los morosos, yo, en su caso, los vería igualmente para los defraudadores. Y no veo que tales registros sean “sanción” alguna para ninguna de las dos categorías.

 Yo creo que esto tiene poco que ver con la protección de datos: pienso que si, por ej., sabemos los nombres de aquellos que no han pagado la cuota del pago de la lavadora( el célebre R.A.I), no veo la razón de no poder saber quién defrauda a Hacienda o quien no le paga, porque saberlo dará seguridad al tráfico jurídico; la misma que da saber, con sólo acudir al Registro, lo que millones de españoles deben a los bancos por sus créditos hipotecarios.

Valentín Cortés

 

martes, 14 de octubre de 2014


Martes 14 de Octubre de 2014

La aplicación de la Ley al Sr. Mas

He tenido la oportunidad de oír esta mañana al Sr. Mas anunciando su novedosa, me imagino, “estrategia astuta”.

He recordado, mientras que hablaba de forma tan pomposamente desleal con la Constitución y el Estado Español, que este Sr. es el máximo representante del Estado en el territorio de Cataluña y que, lógicamente, prometió o juró cumplir y respetar la Constitución.

Ahora, en mi opinión que es la de un jurista no penalista, lo veo como un sedicioso (arts. 544 y 545 Código Penal), pues induce y dirige la sedición que consiste, en este caso, en alzarse, pública y tumultuariamente fuera de las vías legales, para impedir la aplicación de las leyes y la Constitución el próximo día 9 de Noviembre. El Sr. Mas está haciendo un llamamiento a no cumplir las leyes, a no aplicarlas, a salir a la calle, en contra de la Constitución y del Tribunal Constitucional. Hasta ahora lo que hacía tenia, cuando menos, la cobertura de una ley fraudulenta; ahora ni eso.

Quizá después del día tan señalado habría que hacer muchas cosas, entre ellas aplicarle la ley al Sr. Mas. Los catalanes, me imagino, le “aplicarán” el voto.

Valentín Cortés

lunes, 13 de octubre de 2014


Lunes 13 de Octubre de 2014

Craso error

El viernes escribí lo difícil que es explicar lo obvio; me refería a un juez de Barcelona que se oponía a la suspensión de su jurisdicción en el expediente abierto contra él por redactar una constitución para el Estado independiente de Cataluña.

No sabía yo que hoy (lo he leído en www.europapress.es) el Consejo General del Poder Judicial iba a decidir rechazar la suspensión cautelar de la jurisdicción de este juez porque “en este caso, la adopción de la medida cautelar no atajaría (sic) la situación que se quiere evitar”.

En realidad, con este expediente no se quiere “atajar” nada, simplemente se quiere sancionar al juez, de modo que la medida cautelar ni es ni deja de ser aceptable por “atajar” nada, sino por asegurar la sanción en su momento, que es precisamente la de suspender al Juez en sus funciones. En este caso, contra antes se sancione a un juez con esa deslealtad constitucional, mejor para el Estado.  

Claro que, tal como apuntan las cosas, puedo estar en un craso error y creer  obvio lo que no lo es.

Valentín Cortés

 

viernes, 10 de octubre de 2014

Viernes 10 de Octubre de 2014.


La amoralidad cívica.

Posiblemente lo mas penoso desde el punto de vista del intelectual sea explicar lo obvio. En este país, en el que vivimos, estoy seguro que  es por defecto del que se dedica a explicar.
Un juez de Barcelona, que ha redactado una constitución de Cataluña, como republica independiente, no ve razón alguna para que se le suspenda por ello por el Consejo General del Poder Judicial( la noticia está en toda la prensa digital).
Explicarle a este señor que no se puede ser juez del Estado español y, por ejemplo, organizar el fraude fiscal de una empresa en la que se cobra, o no, que da igual, es explicarle en qué consisten los cimientos de la “moralidad” e integridad intelectual y  constitucional y,además, enseñarle lo que es la racionalidad.¡ Muy difícil!

Valentín Cortés

jueves, 9 de octubre de 2014

Jueves 9 de Octubre de 2014.


Otra vez la Sra Cortés


La Sra. Cortés, que es Consejera de Fomento de la Junta de Andalucía (IU), manifestó ayer ( lo he leído en  la edición Andalucía del diario ABC) que muy pronto “La mezquita de Córdoba será pública” tras la expropiación que llevará a cabo la Junta.
Con independencia del anuncio, lo mas relevante es la fundamentación que la Consejera le dio a la expropiación: “porque acabará imponiéndose la razón y el sentido común”.

Teniendo en cuenta que la expropiación es, quizá, el acto jurídico mas “traumático” dentro del ámbito de los derechos materiales de la persona, que la Consejera lo fundamente en la razón y el sentido común indica la pobreza jurídica que caracteriza a la Sra. Para expropiar lo único que vale es adaptarse a la Constitución, a la Ley de expropiación forzosa andaluza y a la estatal. Y tener presupuesto. Todo lo demás es demagogia.

Valentín Cortés