Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 3 de noviembre de 2016


Jueves 3 de Noviembre de 2016

¿Un atisbo de sensatez?

He leído en www.europapress.es que el Tribunal inglés competente para ello ha resuelto que el Gobierno británico no puede poner en marcha el “brexit” sin la autorización del Parlamento británico, desechando la tesis del Gobierno que mantenía que debía cumplir el mandato del pueblo en referéndum y, por tanto, activar el “brexit”. Me imagino que habrá recursos y que la decisión se fundamenta en esa especie de magma constitucional que regula la vida jurídico-política del Reino Unido.

Lo importante para mí, desde el punto de vista jurídico, es que hay un tribunal, en el país más sólidamente democrático de Europa, que establece límites a la voluntad popular manifestada en referenda y que, por tanto, no los sacraliza, máxime cuando se trata de decidir sobre cuestiones tan complejas y de tantas aristas como la de pertenecer o no a la Unión Europea, lo que posiblemente sea materia de decisión del Parlamento, antes que del pueblo en referendum.

En definitiva, se trataría de saber cuáles son los límites del referéndum decisorio.

Valentín Cortés

 

 

 

miércoles, 2 de noviembre de 2016


Miércoles 2 de Noviembre de 2016 

La unanimidad en las decisiones del Tribunal Constitucional

Leo en www.abc.es que el Tribunal Constitucional declarará hoy, o mañana, la constitucionalidad de la reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, - y que lo hará no por unanimidad, sino por mayoría (8/3)- reforma por la que aquel podrá, en trámite de ejecución, inhabilitar o suspender a las autoridades que desobedezcan sus resoluciones o hagan una ejecución sustitutoria de las mismas.

No sé los argumentos constitucionales que utilizará la mayoría y los que utilizarán esos magistrados discordantes. Por tanto, no hablaré de eso.

Pero, dado que el periódico pone mucho énfasis en que la decisión se toma por mayoría, diré que, como tribunal colegiado, las decisiones del TC se toman por mayoría de sus miembros y son válidas y eficaces en el mismo grado si se toman por mayoría (sea cual sea esta) o si se toman por unanimidad.

Obviamente se le puede dar trascendencia política a la falta de unanimidad ahora, que es lo que hace el periódico, pero no siendo, en el futuro, la posible aplicación de esa Ley una decisión política, sino clara y exclusivamente jurídica, aquellos efectos políticos que se aprecian serán, sin duda, más nominales que reales.

Valentín Cortés

lunes, 31 de octubre de 2016


Lunes 31 de Octubre de 2016 

¡Independentistas!
Lo que escribía el pasado jueves 27 de los independentistas catalanes lo vi confirmado (tengo que decir, que sin sorpresas) el sábado cuando vi y oí al Sr. Rufián (portavoz adjunto de Esquerra Republicana) en el debate de investidura.
Si a las proclamas independentista y contra la Constitución y su observancia, - con anuncios de su violación y su desprecio absoluto por parte del Sr. Tardá, - se añaden los improperios, amenazas y escasa calidad educativa de la que hace gala el Sr. Rufián, y todo eso, lo observamos pacientemente, es lo máximo que los dos portavoces de Esquerra Republicana (partido líder del soberanismo) en el Congreso pueden dar en su conjunto, no sólo auguro la aplicación del art. 155 de la Constitución, sino la descomposición de la sociedad catalana, para lo que, obviamente, la aplicación de ese art. 155 no será un remedio, por lo que me temo que los catalanes no deberían esperar que lo arreglara el Estado.

Valentín Cortés

viernes, 28 de octubre de 2016


Viernes 28 de Octubre de 2016

Una propuesta de modificación legal concreta y de gran trascendencia política

De todas las propuestas de modificación legislativa que ayer, en el debate, se ofrecían, se exigían o se suplicaban (que de todo hubo), salvo error de mi parte (que lo doy por descontado) sólo una reunió dos características fundamentales: la concreción y el contenido político específico.

Sin embargo, la prensa, que siempre repaso pacientemente, no le dio la menor importancia, claro está que salvo error de mi parte (que también doy por descontado).

Me refiero a la “súplica” (eso me pareció) del Sr. Hernando (PSOE) de modificar la legislación electoral para que no volviera a producirse, y no fuera posible, una situación de bloqueo como la que España había sufrido.

Ninguna otra propuesta de modificación fue concreta, pues o bien se trataba de derogaciones legales varias o de modificaciones constitucionales, de las que nada se nos adelanta, o de pactos de Estado con fines tan amplios que cualquiera los acepta. Aquí, por el contrario, se trataba de legislar para evitar que los partidos políticos, en el futuro, pudieran bloquear las instituciones (modificación legal concreta, con fin concreto), y de altísimo contenido político, pues suponía, digo yo, un giro copernicano en la actuación política del PSOE.

Valentín Cortés

 

jueves, 27 de octubre de 2016


Jueves 27 de Octubre de 2016

La cuestión catalana en el debate

Me atrevo a recomendarles que oigan el debate de investidura, sobre todo la intervención del Sr. Sardá (Esquerra Republica) y la contestación del Sr. Rajoy. Para lo que pretendo, es un ejemplo que basta y no es necesario, pues, oír al resto de los intervinientes representantes independentistas catalanes.

Les animo porque, a la vista del mismo, comprenderán lo que ya les vengo anunciando que pasará inevitablemente en cualquier momento de este proceso: la aplicación del art. 155 CE. Pues, el Sr. Sardá ha reiterado, de forma explícita e implícita, lo que sabemos: que están instalados en la violación y desconocimiento del ordenamiento jurídico y constitucional, del que anuncian que no lo aceptarán ni cumplirán. Frente a lo que necesaria e inevitablemente surgirá el Estado de Derecho.

El Sr. Sardá, para que nadie dude de lo que predigo, cree que “ganarán”, porque, dice, tienen un mandato democrático y porque se trata de un proceso pacífico. Es evidente, pues, que además de en el fraude legal, se han instalado en una época histórica y situación geográfica equivocada e irreal, y desconocen, o quieren obviar, como un Estado moderno aplicaría un art. como el 155 de la CE.

Valentín Cortés

miércoles, 26 de octubre de 2016


Miércoles 26 de Octubre de 2016 

El auto de sobreseimiento del Juez Velasco en el asunto Acuamed.

Esta resolución dictada por el juez de instrucción es la prueba inequívoca de que en la actuación del investigado no hay apariencia de delito. Y lo traigo al blog precisamente por lo que escribí ayer.(WWW.EUROPAPRESS.ES)

En su momento el Subsecretario de la Presidencia, don Federico Ramos, que fue investigado por el juez de la Audiencia Nacional por supuestas adjudicaciones fraudulentas en la empresa Acuamed, en su etapa de Secretario de Estado de Medio Ambiente, fue perseguido políticamente como corrupto, sufrió el acoso de los medios de comunicación, dimitió de su cargo y, me imagino, sufrió personal y familiarmente en su fama y honor durante muchos meses.

La politización de la Justicia, que tanto conviene en  la lucha política, es algo execrable que debería entrar en el programa de reformas que se anuncia para el nuevo Gobierno, si es que gobierna, para conseguir, en concreto, que el cese en los cargos políticos sólo se produjera para los investigados en los supuestos de apertura del juicio oral, pues la experiencia nos demuestra que toda investigación sumarial, que por necesidad es lenta, es utilizada para incriminar y sacar rédito político a lo que puede ser nada penalmente. Sólo la acusación formal judicial de los investigados( auto de apertura del juicio oral) debería dar lugar a la suspensión legal de cualquier actividad administrativa o políticas públicas.

Valentin Cortés


martes, 25 de octubre de 2016


Martes 25 de Octubre de 2016 

“El alguacil alguacilado”

Leo en www.europapress.es que el actual alcalde de Granada ha sido llamado por un Juez de Sevilla en calidad de investigado, por supuestos delitos cometidos en su etapa de delegado de la Junta de Andalucía en Granada.

La noticia no tendría la menor trascendencia jurídica, que le hiciera merecedora de entrar en este modesto blog, si no fuera porque este señor devino alcalde precisamente en una acción de la oposición de entonces en el Ayuntamiento de Granada llevada a cabo por la investigación judicial a la que se vio sometido el anterior alcalde Sr. Torres.

La importancia está en que la manipulación política de lo que es una investigación judicial conlleva unos riesgos evidentes ( por ejemplo, la coherencia, el precedente, etc), en una legislación, y con una jurisprudencia, como las nuestras, en las que la mera interposición de una querella criminal impone la investigación judicial, que no implica, no ya la condena, ni tan siquiera que se abra el juicio oral, lo que sería una acusación en toda regla del juez de instrucción; es que ni siquiera implica que la investigación vaya a dar lugar a la adopción de medidas cautelares que supondría, cuando mas, la existencia de indicios racionales de criminalidad concreta del investigado.

Pero, ¡eso es la política y la manipulación de la Justicia por los intereses imbuidos de parcialidad y sectarismo de los políticos!

Valentín Cortés