Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

martes, 24 de mayo de 2022

 

Martes 24 de Mayo de 2022

 

El Tribunal Supremo decidirá sobre los indultos a los secesionistas catalanes

Toda la prensa recoge la decisión de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de aceptar el recurso interpuesto por los recurrentes y entrar a conocer sobre el asunto de los indultos. La decisión anterior del Tribunal Supremo, hoy revisada y anulada, era realmente arbitraria, como hemos dicho en otras ocasiones; porque hacía primar una doctrina jurisprudencial dilatada sobre el tema de los recursos a los indultos, dictada con ocasión de indultos donde el delito afectaba directamente a una o varias personas(robo, asesinato, accidente de circulación y un largo etc) sobre el derecho a la tutela efectiva de nuestros derechos e intereses que protege el art. 24 de la Constitución y que protegía y protege a una pléyade de recurrentes a los que un delito, como el de sedición, nuevo en nuestra práctica penal, afectaba de manera directa pero no con la misma entidad que la que puede afectar a la victima directa de un delito de homicidio. El Tribunal Supremo rechazó, siquiera fuera, conocer del tema y en in limine litis rechazó tal posibilidad. Ahora hay revisión de tal arbitrariedad y sinrazón; y, según  mi criterio, no se debe buscar justificaciones políticas a tal decisión, sino sólo sentido común y lógica y, por supuesto, aplicación de nuestra Constitución.

Otra cosa es que es tema debería ser resuelto por la Sala Tercera en pleno, pues el tema se merece, primero un cambio de jurisprudencia o una matización de la actual sobre indultos y, segundo, un examen del control al Ejecutivo sobre su poder de indultar que  no puede quedar fuera de control jurisdiccional.

Valentín Cortés

lunes, 23 de mayo de 2022


 Lunes 23de Mayo de 2022

Una distinción inane


Me parece claro que el debate originado por la alusión a las nacionalidades de un alto cargo del PP es claramente de interés político.Ahora interviene la Sra Arrimadas que reta al PP a modificar la Constitución,art 2, para acabar con la distinción. Es evidente que el debate sigue teniendo finalidad política.

La distinción tuvo su interés y razón cuando se redactó la Constitución, pues era la manera dedistinguir a aquellas regiones con tales peculiaridades que permitieron que fueran  regiones autónomas en la Rspública. Hoy, el desarrollo autonómico ha acabado con las peculiridades de esas regiones llamadas nacionalidades. No hay distinción alguna ni el Tribunal Conxtitucional avala  distinción alguna entre regiones autonómicas que no esté contemplada en los respectivos estatutos

De modo que siendo un brindis juridiccional  al sol de la Sra Arrimadas no estaría de más acabar con tal distinción inutil e inane constitucionalmente.

Valentín Cortés







viernes, 20 de mayo de 2022

 

Viernes 20 de Mayo de 2022

El empadronamiento de la Sra. Olana en Salobreña

Toda la prensa recoge la noticia de que el Ayuntamiento de Salobreña ha iniciado un expediente de oficio de anulación del empadronamiento de la Sra. Olana ( de Vox) en Salobreña. Parece incuestionable que nadie duda de que la Sra. Olana  no vive en  Salobreña, el precioso pueblo de la costa Tropical de Granada.

Los candidatos al Parlamento de Andalucía, para serlo, deben  probar que son, en cuanto al domicilio, andaluces, y no cabe el empadronamiento en un lugar si no hay una conexión espacial con la localidad en cuestión, y, lógicamente, con el inmueble que se manifiesta es la vivienda. No parece, según las noticias de la prensa, que esto se pueda probar por la Sra. Olana. Es más, todo indica que el dueño de la vivienda ha declarado de forma paladina que en esa casa no vive la Sra. candidata.

No hay, pues, un problema político en la anulación del empadronamiento (como han declarado los portavoces del Vox), sino, por ahora y si nada cambia, un problema exclusivamente jurídico que será difícil soslayar.

Valentín Cortés

jueves, 19 de mayo de 2022

 

Jueves 19 de Mayo de 2022

La crítica y la coacción

Dentro de la evidente campaña de crítica que, desde el Gobierno y los partidos políticos que lo mantienen, se está haciendo al Rey Juan Carlos, destaca hoy las declaraciones de la Vicepresidente Sra. Calviño quien ha manifestado (vid. www.europapress.es) que el Rey debe dar explicaciones dado las inquietantes informaciones de los últimos años.

Parece claro que la Sra. Vicepresidenta se refiere a todas esas informaciones que han dado lugar a una investigación concienzuda y larga (más de dos años) de la Fiscalía que ha terminado con el archivo de todas las diligencias de investigación, porque en ninguna de ella, por razones diversas, cabe acusar al Rey de actividad alguna delictiva.

No sé, ni es el objeto de este blog preguntarme si el Rey Juan Carlos debe dar explicaciones políticas, pero me imagino que  no teniendo responsabilidad política alguna, difícilmente se les pueden exigir explicaciones políticas de sus actos. Pero si lo que se busca es que el Rey dé explicaciones jurídicas, no encuentro la base legal que permita a la Vicepresidenta hacer tal petición. Como cualquier ciudadano, el Rey sólo da explicaciones de sus actos, desde el punto de vista jurídico, al Juez, cuando se las pida, que no parece ser el caso.

Todo indica, pues, que estamos ante una campaña, que abandona la crítica, para entrar peligrosamente en el ámbito de lo que es la coacción, no tolerable jurídicamente, para que el Rey no viva en España. Y quizá, la Fiscalía, que ha mantenido un celo encomiable a la hora de investigar las actividades del Rey, deba ahora mostrar el mismo celo en perseguir lo que, como digo, quizá esté entrando en el terreno de la coacción, pretendiendo evitar que un ciudadano español ejerza su derecho a vivir en España(art. 19 de la Constitución)

Valentín Cortés

 

 

miércoles, 18 de mayo de 2022

 

Miércoles 18 de Mayo de 2022

Pegasus y la Generalidad catalana

Hemos leído en la prensa digital de hoy que el Juez ha rechazado la personación  de la Generalidad de Cataluña como acusador en el sumario sobre Pegasus, que afecta, parece ser, a algunos independentistas catalanes. Y los argumentos del órgano judicial no pueden ser más contundentes, de modo que cabría que nos preguntáramos si es que los abogados de la Generalidad no saben Derecho si piden cosas que un alumno de Derecho sabe que no son posibles ni atendibles. No es el primer caso, pues durante todo el largo “proceso catalán” hemos visto cómo se sostenían en los juzgados y en el Tribunal Supremo peticiones y recursos que no iban desde el punto de vista jurídico a ningún sitio.

Yo creo que son profesionales avezados y, si se nos permite, hacer un juicio de intenciones jurídicas, diríamos que los independentistas tienen sus ojos puestos en las instancias judiciales europeas y, sobre todo, en el TDH de Estrasburgo que, como sabemos, es un conglomerado de jueces de distintos y variados países que juzgan desde la distancia y, muchas veces, desde el desconocimiento, no sólo de la realidad social donde se producen los hechos que fueron juzgados por el tribunal nacional del caso, sino del propio derecho aplicable y aplicado por ese tribunal del caso.

En definitiva, sería un juego judicial a largo plazo; obsérvese, en cualquier caso, que en el tema Pegasus no sólo son los argumentos básicos que maneja el Juez que ha denegado la personación, sino la lógica que  nos dice que difícilmente puede ejercer la acusación penal la institución cuyo Presidente, según toda la prensa, parece que habría si investigado por su íntima conexión (¿orgánica?) con los hechos que fueron investigados por el CNI.

Valentín Cortés

 

 

 

martes, 17 de mayo de 2022

 

Martes 17 de Mayo de 2022

 

Nacionalidades

El escándalo político originado por la referencia del Sr. Bendodo (del PP de Andalucía) a Cataluña como nacionalidad me imagino que, además de interesado, estará plenamente justificado, posiblemente por inoportuno.

Pero, desde el punto de vista constitucional, es irreprochable lo que dice este señor, porque ha hablado de la unidad de la Nación española desde un prisma puramente constitucional, pues sabemos que el art. 2 de la Constitución, reconoce no sólo la unidad de la Nación española, sino que esa unidad se incardina en un sistema de autonomía de “las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”. Es claro que, en esa norma, el término nacionalidad (por muy ambiguo que sea, que lo es) debe estar referido al de región, y no al de Nación, que es única y es la española.

La puridad constitucional de lo manifestado por el Sr. Bendodo ( otra cosa es , la política) es tan global que los independentistas catalanes en absoluto se han mostrado  conformes con lo dicho por él; para ellos el concepto de nacionalidad es claramente inservible, porque entienden que Cataluña es una nación.

Valentín Cortés