Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

miércoles, 9 de septiembre de 2020


Miércoles 9 de Septiembre de 2020 

Una acusación vana 

El Presidente de Gobierno ha acusado al Partido Popular de no cumplir la Constitución y de bloquear al país por negarse a apoyar los Presupuestos Generales del Estado y a la renovación de las instituciones. Se trata, en efecto, de una acusación vana, ya que está falta de fundamento o de justificación. 

No tengo que decir que la acusación referente al apoyo de los Presupuestos no encuentra ni fundamento ni justificación en la Constitución, pues ningún grupo parlamentario está obligado constitucionalmente a apoyar los presupuestos que otro partido haya podido preparar. 

En lo que se refiere a la renovación de las instituciones, la Constitución impone el acuerdo parlamentario en cuanto a la totalidad de los miembros del Consejo General del Poder Judicial (art. 122) y de parte, en el caso del Tribunal Constitucional (art. 159), dado que prevé su elección por las Cámaras legislativas. En este caso, tampoco tiene mucho fundamento la acusación del Presidente de Gobierno, pues, según la prensa, lo que el Partido Popular se niega es a nombrar a determinados candidatos propuestos por el Partido Socialista. Se diría que más que incumplir la Constitución, la está cumpliendo, pues ejerce su derecho a manifestar y mantener su ideología en todas las manifestaciones del poder que le otorga la Constitución.

 

Valentín Cortés

 

martes, 8 de septiembre de 2020

Martes 8 de Septiembre de 2020 ¿Cambio de Ley para alcanzar la renovación de los miembros del Consejo General del Poder Judicial? Un sector de la prensa, yo diría que interesado, plantea, ante la imposibilidad de acuerdo para la renovación del Consejo General del Poder Judicial, la necesidad de cambiar la Ley. Tal como es la realidad política en este momento, de acuerdo con la Ley vigente, la renovación de los miembros del Consejo sólo cabe sustanciarla con un pacto entre los dos grandes partidos constitucionalistas de nuestro país. Así ha sido desde siempre. Si se piensa cambiar la Ley para obviar este pacto es evidente que “se cambiarían las reglas del juego” en pleno juego; eso sólo se puede hacer si los dos contendientes están de acuerdo en cambiarlas y acuerdan las nuevas reglas. Todo lo que se salga de eso no se sostiene en un sistema democrático y constitucional. El pacto entre los dos partidos constitucionalistas, con las carencias y consecuencias nefastas que conocemos se producen, tiene la enorme ventaja de que, al Consejo, en principio, van personas, cada una con sus ideas políticas, pero con la idea básica de lealtad y cumplimiento constitucional. Si este pacto no se alcanza en la actualidad no es porque nadie lo boicotee, sino porque no hay acuerdo en las personas, todas, que deben reunir esa condición mínima. Valentín Cortés

lunes, 7 de septiembre de 2020

Lunes 7 de Septiembre de 2020 Consejo General del Poder Judicial Hoy damos comienzo a otro curso mas en este blog de opinión jurídica; y coincide este inicio con el del Año Judicial, que empieza sin que los partidos políticos se pongan de acuerdo en las personas que lo han de renovar. La prensa seria se plantea hoy el problema de la politización del Consejo y el de sus facultades estando en funciones, sobre todo la de nombramientos de magistrados en los puestos que se entienden claves dentro de la Judicatura. No hay ningún sistema de elección de los vocales del Consejo que impida su politización, pero de todos ellos el que la propicia más es el actual, pues son los partidos en el Congreso y el Senado los que deciden el nombramiento, no se los aspirantes a un puesto en el Consejo, sino de los candidatos de los partidos. Este tema se une al del cuestionamiento del ejercicio de las funciones del Consejo en tiempos de interinidad, que bajo nuestro punto de vista no puede quedar disminuido por el hecho de que los partidos políticos no se pongan de acuerdo en su renovación. La politización del Consejo viene propiciada por la falta clamorosa e hiriente de una conciencia en los elegidos de su propia independencia de los electores, pues, de facto, el Consejo y su participación en él es un paso esencial en lo que se pude llamar “la carrera exitosa en la judicatura” y, también, en la política relacionada con la Justicia, y eso depende de los partidos. ¡Bienvenidos al nuevo curso de nuestro blog! Valentín Cortés

lunes, 6 de julio de 2020


Lunes 6 de Julio de 2020
Fin de curso

Después de 10 meses de curso, ha llegado el momento del descanso en este blog, como siempre digo, de descanso de ustedes y mío. ¡Este es el octavo curso que hemos terminado!

Esta vez ha sido el chantaje y fraude jurídico independentista, el proceso por rebelión, que después acabó en sedición; han sido temas jurídicos-económicos importantes, muchos decretos-leyes, la desaparición del Parlamento, el coronavirus, la limitación de derechos fundamentales, los ataques a la Constitución,…………¡tantas cosas!

Pero tengo la enorme satisfacción de estar sirviendo, con ustedes que me leen y me siguen, a la Constitución y al Estado de Derecho, y creo que, quizá con alguna excepción, he seguido fiel a mi lema de dar mi opinión sólo en materia jurídica sobre los temas de actualidad.

Como siempre, como en años anteriores, estaremos de vuelta el próximo 7 de septiembre del presente e interminable año 2020

Muchas gracias y feliz verano

Valentín Cortés

viernes, 3 de julio de 2020


Viernes 3 de Julio de 2020

Las peras y el olmo

Ayer terminaba mi entrada en el blog afirmando que el Gobierno debería ir preparando la reasunción de las competencias en materia penitenciaria ante la decisión unánime y coordinada de distintas Juntas de Calificación de diversas cárceles catalanas que proponían el tercer grado para los condenados por sedición. Claro está que para proponer esto hay que tener una cierta, yo diría mínima, sensibilidad jurídica con la que advertir el inmenso fraude a la Ley que significa la propuesta y la violación del Estado de Derecho que supone que unas autoridades penitenciarias dejen sin efecto, de hecho, una condena por delitos graves.

Lo escribí antes de que el Presidente del Gobierno, preguntado en TV Sexta sobre el tema, afirmara literalmente que no había “nada que objetar”, amén de expresar su “absoluto respeto” por la decisión tomada por las autoridades penitenciarias catalanas.

Yo me acuso de haberme imaginado un Presidente de Gobierno con una mínima sensibilidad jurídica, que, evidentemente, no tiene, como tampoco tienen peras los olmos.

Valentín Cortés

jueves, 2 de julio de 2020


Jueves 2 de Julio de 2020

El tercer grado de los condenados por sedición

No es difícil imaginarse que las propuestas de las Juntas de tratamiento, (de diversas prisiones de Cataluña) y por unanimidad de conceder el tercer grado a los presos por sedición, serán ratificadas próximamente por la Generalidad. Se trata de diversas propuestas, siempre selectivas (para esos presos) que aplican de forma extralimitada, y fraudulenta, el art. 100.2 del Reglamento Penitenciario, que no está pensado para favorecer a una clase concreta de presos, en modo tal de conseguir que sea ilusoria, en la práctica, la sentencia de condena dictada por el Tribunal Supremo.

Todo este montaje indica que las autoridades penitenciarias catalanas siguen instaladas en el fraude a la Ley y, de ratificarse las propuestas por la Generalidad, estaríamos en presencia de un hecho gravísimo desde el punto de vista jurídico que no puede pasar desapercibido ni para el Tribunal Supremo ni para el Gobierno de la Nación que haría bien en iniciar el proceso de recuperación de las competencias en materia penitenciaria que tiene transferidas a la Comunidad Autónoma catalana.

Valentín Cortés

miércoles, 1 de julio de 2020


Miércoles 1 de Julio de 2020

El Tribunal Constitucional y los Reales Decretos-leyes

He leído en www.elconfidencial.com que el Tribunal Constitucional,  por unanimidad, ha anulado un RDL del Gobierno de Rajoy al principio de su primer mandato, no por el contenido de dicho DL, sino, curiosamente, porque no se puede utilizar la via del Decreto Ley pues estos no se pueden emplear ”para modificar los derechos, deberes y libertades de las ciudadanos”.

Me imagino que dentro de algunos años el Tribunal Constitucional, si sigue su doctrina, anulará todos y cada uno de los Decretos Leyes que, en el estado de alarma, han modificado los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos, cuando esas modificaciones no han estado motivadas, como es el caso de muchas de ellas, por la existencia de la pandemia, sino por la voluntad de imponer, así lo hemos venido denunciando, modificaciones sustanciales de nuestro ordenamiento jurídico por una via que no admite ni siquiera la discusión pormenorizada de cada una de ella, mediante la introducción de enmiendas.

Valentín Cortés