Jueves 11 de Junio de 2015
Una nueva ley para casos similares al Banco de Madrid
Hoy se aprueba en el Congreso, de forma definitiva, la llamada Ley de recuperación y resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión. Puede verse una buena reseña en www.expansion.com.
Se trata de regular, coordinando con la regulación concursal, supuestos de insolvencia o de crisis financiera de entidades de crédito, porque se regula, es lo importante, sistemáticamente esos supuestos, dando preferencia a la actuación temprana y a la resolución de esas entidades por la autoridades de control sobre el proceso concursal. . En el caso del Banco de Madrid, ya hemos experimentado, y ni siquiera están reconocidos los créditos insinuados, los problemas que puede producir la aplicación pura y simple de la legislación concursal; de modo que bienvenida sea esta ley que, entre otras cosas, no permite la solicitud de concurso voluntario, hasta tanto el Frob no decida si aplica o no el proceso de actuación temprana o de resolución de la empresa.
Valentín Cortés
Con este Blog pretendo dar mi opinión jurídica sobre las distintas noticias que aparecen regularmente en los medios de comunicación, de forma clara, sencilla y objetiva.
Valentín Cortés Domínguez
- Valentincortesdominguez
- Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.
jueves, 11 de junio de 2015
miércoles, 10 de junio de 2015
la L
Miércoles 10 de Junio de 2015.
Otros lamentos.
Hoy voy a ser muy breve y reiterativo.
Ayer hablábamos de los lamentos del Juez Pedráz. Hoy vamos a hablar de otros lamentos, de los míos.
Salvo error de mi parte, ningún medio de información se ha lamentado de que el Juez Pedráz se lamentara de tener que aplicar la Ley. ¡Esa fue la realidad!
Pero resulta que la Constitución, art. 120, establece como pilar del Estado que los jueces aplicarán la Ley y solo la Ley . Este es el problema de la prensa, de la sociedad española, y de algunos jueces.
Valentín Cortés
Otros lamentos.
Hoy voy a ser muy breve y reiterativo.
Ayer hablábamos de los lamentos del Juez Pedráz. Hoy vamos a hablar de otros lamentos, de los míos.
Salvo error de mi parte, ningún medio de información se ha lamentado de que el Juez Pedráz se lamentara de tener que aplicar la Ley. ¡Esa fue la realidad!
Pero resulta que la Constitución, art. 120, establece como pilar del Estado que los jueces aplicarán la Ley y solo la Ley . Este es el problema de la prensa, de la sociedad española, y de algunos jueces.
Valentín Cortés
martes, 9 de junio de 2015
Martes 9 de Junio de 2015
Los lamentos del Juez Pedráz
El Juez Pedráz, dice www.abc.es, ha archivado, digo yo, por fin, el caso de la muerte del fotógrafo español, Sr. Couso, en la guerra de Irak, debido el archivo a la reforma de hace unos meses de la Ley Orgánica del Poder Judicial( art. 23, 4) que puso limites normales a la llamada jurisdicción universal española.
Lo increible del caso es que el juez lamenta en su auto que la Ley no sea como a él le gustaría que fuese y que esa nueva ley y la doctrina unánime del Tribunal Supremo le impida seguir con un caso imposible.
Tengo que decirlo con toda claridad: a los ciudadanos no nos interesan absolutamente nada los lamentos o sentimientos del Sr. Pedráz. Es más, le pagamos no tanto para que se lamente como para que aplique correcta y puntualmente la Ley, porque solo lamentaríamos que no la cumpliera y que siguiera aplicándola con comentarios ad hoc.
Valetín Cortés
Los lamentos del Juez Pedráz
El Juez Pedráz, dice www.abc.es, ha archivado, digo yo, por fin, el caso de la muerte del fotógrafo español, Sr. Couso, en la guerra de Irak, debido el archivo a la reforma de hace unos meses de la Ley Orgánica del Poder Judicial( art. 23, 4) que puso limites normales a la llamada jurisdicción universal española.
Lo increible del caso es que el juez lamenta en su auto que la Ley no sea como a él le gustaría que fuese y que esa nueva ley y la doctrina unánime del Tribunal Supremo le impida seguir con un caso imposible.
Tengo que decirlo con toda claridad: a los ciudadanos no nos interesan absolutamente nada los lamentos o sentimientos del Sr. Pedráz. Es más, le pagamos no tanto para que se lamente como para que aplique correcta y puntualmente la Ley, porque solo lamentaríamos que no la cumpliera y que siguiera aplicándola con comentarios ad hoc.
Valetín Cortés
lunes, 8 de junio de 2015
Lunes 8 de Junio de 2015
La relatividad de los conceptos procesales.
Según la prensa digital, Ciudadanos no pactará con el PSOE si la Sra. Díaz no se compromete por escrito a "echar" a los expresidentes de la Junta si la imputación de estos es confirmada. La Sra. Díaz matiza: " si se imputa a estos Sres. en el futuro".
Los que nos dedicamos, modestamente siempre, a la ciencia del Derecho procesal, siempre, también, hemos dicho y defendido que los conceptos procesales son absolutos y no relativos. Ahora, los políticos nos ponen en el brete de reconocer que los conceptos deben ser relativos o, bien, que no nos hemos dedicado a estudiar una ciencia.
Para la Sra. Díaz, que estudió Derecho, los Sres. Chávez y Griñán no están imputados por el Tribunal Supremo. Para Ciudadanos no basta con la imputación, es necesario reconfirmar la imputación( imputación reconfirmada: nuevo concepto)..
Los políticos quieren instalar su relativismo en el Derecho Procesal, pero, yo como Copérnico:: Esos Sres. están imputados por el Tribunal Supremo y ahora toca que, o bien, se archive la causa o bien que siga el proceso adelante decidiendo sobre la adopción de medidas cautelares.Y, por favor, no nos cambien los conceptos y hagan lo que quieran.
Valentín Cortésl
La relatividad de los conceptos procesales.
Según la prensa digital, Ciudadanos no pactará con el PSOE si la Sra. Díaz no se compromete por escrito a "echar" a los expresidentes de la Junta si la imputación de estos es confirmada. La Sra. Díaz matiza: " si se imputa a estos Sres. en el futuro".
Los que nos dedicamos, modestamente siempre, a la ciencia del Derecho procesal, siempre, también, hemos dicho y defendido que los conceptos procesales son absolutos y no relativos. Ahora, los políticos nos ponen en el brete de reconocer que los conceptos deben ser relativos o, bien, que no nos hemos dedicado a estudiar una ciencia.
Para la Sra. Díaz, que estudió Derecho, los Sres. Chávez y Griñán no están imputados por el Tribunal Supremo. Para Ciudadanos no basta con la imputación, es necesario reconfirmar la imputación( imputación reconfirmada: nuevo concepto)..
Los políticos quieren instalar su relativismo en el Derecho Procesal, pero, yo como Copérnico:: Esos Sres. están imputados por el Tribunal Supremo y ahora toca que, o bien, se archive la causa o bien que siga el proceso adelante decidiendo sobre la adopción de medidas cautelares.Y, por favor, no nos cambien los conceptos y hagan lo que quieran.
Valentín Cortésl
viernes, 5 de junio de 2015
Viernes 5 de junio de 2015
¿La vacunación es un deber?
El caso del pequeño en estado crítico por haber contraído la difteria(
el primer caso en España, después de treinta años) y el hecho de que no estaba
vacunado por oponerse expresamente los padres a ello, plantea muchos problemas
y dilemas, pero, sin duda, planteará el
de si la patria potestad y guarda de los padres puede llegar hasta impedir en
los hijos la vacunación de enfermedades que son potencialmente muy graves y prácticamente
erradicadas, sin duda, gracias a la vacunación de la totalidad de los pequeños
de nuestro país.
Yo quiero recordar aquí que el art. 39,1 de la Constitución establece
que los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los
hijos; que ese mismo art., en el número 3, establece que los padres deben
prestar asistencia de todo orden a los hijos; que el art. 43.1 reconoce el
derecho a la protección de la salud, y que el número 2 de ese art. establece que
compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de
medidas preventivas, permitiendo que la ley establezca los derechos y deberes
de todos al respecto.
De estas normas constitucionales se deduce que no parece descabellado
que la facultad y poder de los padres cedan ante los principios
constitucionales de la salud pública y derechos y deberes existentes en torno a
ella.
Valentín Cortés
jueves, 4 de junio de 2015
4 de Junio de 2015
La prensa también necesita un reciclaje
Yo, que me creía que los ayuntamientos tenían sus competencias, según la
Constitución y la Ley de Régimen Local, limitadas por las Diputaciones,
Comunidades Autónomas y Estado, observo cómo la prensa da pábulo a
manifestaciones, de los que no son todavía
alcaldes, sobre lo que harán, por ejemplo, en materia de legislación de
desahucios, creación de bancos públicos, listas únicas, primarias y no sé cuántas cosas más.
Puede ser que esos estadistas locales crean realmente, o les convenga
decir, que tienen competencias sobre todas esas cosas con las que amenazan a
los ciudadanos o los complacen, según quien sea el que reciba la noticia.
Pero no habrá una política seria, ni una sociedad seria, mientras la
prensa amarillee, tienda al sectarismo y sea o le convenga ser ignorante; porque tiene la oportunidad
de pasar todas esas noticias interesantes, sin duda, por el filtro de la Constitución
y de la legalidad vigente.
Valentín Cortés
miércoles, 3 de junio de 2015
Miércoles 3 de Junio de
2015
Otra vez “Fuenteovejuna, señor”
Siento un enorme cansancio de explicar lo que a mí me parece obvio.
Para mi es obvio que se cometió un delito en la final de la Copa del Rey,
cuando se pitó a éste y al himno nacional y cuando se desplegó aquella pancarta.
Está en el Código Penal y no voy a volver ahora sobre ello. Otra cosa es que se
pueda probar que una persona concreta cometió ese delito.
El nacionalismo catalán, lo dije la última vez en mi opinión de 25 de
Noviembre de 2014, es muy aficionado a algo muy castellano: el efecto Fuenteovejuna:
Si el delito lo cometen personas
integradas en la masa ya no es delito: esa parece ser la consigna.
Por eso los representantes de la masa, incluso futbolistas,
presidentes de clubes, autoridades varias y hasta gente de andar a pie (que
antes se decía “clase de tropa”) hablan pomposamente de la libertad de expresión,
(de la que no se puede privar a la masa), porque le han dicho, para que no
cunda la preocupación, que es la forma de que lo que hacen no sea delito.
Pero lo es aunque no podamos probarlo en su comisión individual.
Valentín Cortes
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