Miércoles
19 de Marzo de 2025
La sentencia de los EREs del Tribunal
Constitucional(TC) y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La
Audiencia Provincial de Sevilla (APS) --que debe dictar otra sentencia en el
asunto de los EREs, de acuerdo con las prescripciones que le dio el Tribunal
Constitucional en su famosa sentencia sobre los EREs, que anuló la sentencia condenatoria
del Tribunal Supremo—- ha decidido plantear la cuestión prejudicial ante el
TJUE, para que éste decida si la sentencia del TC se adapta al derecho europeo
(vid. en toda la prensa digital de hoy).
El
principal efecto inmediato que produce el auto de la APS es que se suspenden
todas las actuaciones hasta tanto no decida el TJUE, según se dispone por el
art. 23 del “Estatuto del TJUE” y por el apartado 25 de las “Recomendaciones
del TJUE a los órganos jurisdiccionales”.
En
cuanto al fondo de la cuestión, las dudas de la APS son, fundamentalmente, saber
si la interpretación que se hace por el TC de las normas presupuestarias de Andalucía
viola el derecho europeo sobre la lucha contra la corrupción y si ha habido una
extralimitación de las funciones propias del TC en la determinación de lo que
es y no es delito.
No
sabemos el resultado final de este incidente, pero, aun así, tiene una
importancia capital en cuanto que, de admitirse la cuestión, quizá ponga freno
a la nueva tesis constructiva de la jurisprudencia del TC y ponga freno a la
evidente intromisión, el más de una ocasión, de este tribunal en las
competencias de la jurisdicción ordinaria con la mirada puesta en las inevitables
sentencias sobre la amnistía que están por dictarse.
Valentín Cortés
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