jueves, 17 de septiembre de 2020


Jueves 17 de Septiembre de 2020

La llamada Memoria democrática

Aunque no es mi misión comentar noticias de contenido jurídico que se refieran a futuribles, no quiero que se pase la ocasión de opinar sobre el proyecto, que, según el Gobierno, se va a tramitar en el Congreso, de Ley de la llamada Memoria democrática ( ayer saltó a la prensa).

La posibilidad que se contempla de investigar, de una manera o de otra, hechos con apariencia criminosa que se desarrollaron antes de octubre de 1977 a mí se me antoja muy difícil desde el punto de vista jurídico. En España se aprobó la Ley de amnistía de 15 de Octubre de 1977, L 46/1977, que acogió delitos y hechos ocurridos durante la guerra civil y años posteriores hasta la fecha de la ley. La amnistía hace imposible entrar en la calificación penal, si quiera sea, de esos hechos y mucho menos en su enjuiciamiento y condena.

La invocación que cierta prensa hace, para obviar la Ley de amnistía, al art. 10.2 de la Constitución (que obliga a interpretar de acuerdo con los tratados internacionales y con la Declaración Universal de Derechos Humanos las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que reconoce la Constitución) además de muy dudosa nos plantearía un panorama radical y generalizado de revisión de todo lo que se hizo en la guerra y en la postguerra y nos sumiría en el caos judicial y social más perjudicial que podamos imaginar. Porque la invocación a esa norma del art. 10 de la Constitución no puede hacer distingos de sectores políticos, para hacer a unos buenos y a otros malos.

Valentín Cortés

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