Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 22 de abril de 2021

 

Viernes 23 de Abril de 2021

 

Primera sentencia del Tribunal Constitucional sobre la del Tribunal Supremo que condenó por sedición y malversación a políticos catalanes

 

La prensa, de ayer y de hoy, recoge la noticia de la denegación de amparo al Sr. Turull, condenado por el Tribunal Supremo por sedición y malversación en relación con el llamado proceso catalán.

Los efectos de la sentencias de amparo no se extienden a terceros, porque la situaciones subjetivas nunca son idénticas del todo en los supuestos de coparticipación en el delito, pero en el caso de pluralidad de condenados que soliciten la nulidad de la sentencia  por los mismos motivos ( como es el caso de la alegación por todos ellos de vulneración de los derechos fundamentales en el proceso seguido ante el Tribunal Supremo, nulidad en la tipificación  de los hechos y de la  proporcionalidad de las pruebas) es sustancialmente imposible que las decisiones futuras del Tribunal Constitucional resolviendo otros recursos de amparo puedan mantener tesis distintas.  Por eso mismo, nada impide que, en lo no común, la decisión del Tribunal Constitucional pueda ser distinta. Pero, nada indica que eso vaya a ocurrir.

Valentín Cortés

 

Jueves  22 de Abril de 2021

El debate electoral de Madrid

El debate de ayer no nos muestra sólo un perfil político; nos presenta, en cambio, si lo vemos con la perspectiva del pájaro que sobrevuela el resultado de lo que allí se defendió por cada uno de los participantes, un claro perfil constitucional de profundo futuro jurídico.

Desde ese punto de vista no había dos bloques (derecha-izquierda); principalmente lo que había era un sector que defendía la concepción económica que se desprende de la Constitución -( unos impuestos futuros adaptados al espíritu que encierra el art. 31; y una economía adaptada a la concepción del derecho subjetivo que surge del art. 33 y de la idea de mercado que encierra el art. 38, todos de la Constitución)- frente a una concepción del Estado y del individuo, a su servicio, que defiende algo que no está en el espíritu de nuestra Constitución, y que supone el sometimiento del individuo, entre otras cosas, mediante la imposición de más impuestos( muchos de ellos, catalogables como confiscatorios).

La elección no es, pues, estrictamente política; siéndolo, en aquella predominan, sobre todo, contenidos constitucionales nada despreciables.

Valentín Cortés

miércoles, 21 de abril de 2021

 

Miércoles 21 de Abril de 2021

 

De nuevo sobre la retirada del proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial

 

Sin duda, en un blog de contenido jurídico como este, la importancia de la decisión del Gobierno de pedir a los partidos que lo conforman la retirada del proyecto de Ley de modificación de la Orgánica del Poder Judicial (nombramiento de los miembros del Consejo) es evidente y merece que nos dediquemos de nuevo al tema, aunque sea para destacar sólo dos cuestiones.

Quiero destacar, en primer lugar, que la decisión del Gobierno, fuera de su trascendencia política, que me imagino que la tendrá, es la prueba de que la añagaza de que fueran, en fraude a la Ley, los partidos del Gobierno los encargados de presentar el proyecto al Parlamento, y no el Gobierno, era sólo eso: un  método, en fraude a la Ley, de escapar a la necesidad legal de pedir informes previos a los organismos consultivos del Estado ( entre ellos el propio Consejo), pues es claro que la Vicepresidenta de la Comisión Europea no ha dirigido ahora ( tras la denuncia política y de los jueces)su “orden” a los partidos, sino al Gobierno y es éste quien toma la “iniciativa” en “pedir” la retirada del proyecto. El nuevo proyecto (adaptado a las exigencias de la Unión), deberá ser del Gobierno y, así pues, con informes previos incluido el de la Comisión de Venencia.

En segundo, lugar, la apremiante llamada del Comisario de Justicia (vid. prensa digital de hoy) al acuerdo de Gobierno y oposición, no se dirige, como afirma cierta prensa, sólo al PP, sino a ambas partes; por lo que ambas deberán presentar, para la actual renovación de miembros del Consejo, personas candidatas de consenso, y esforzarse para alumbrar en tiempo récord una nueva Ley con criterios de nombramiento adaptados a las exigencias de la Unión Europea.

Valentín Cortés

 

 

 

 

 

martes, 20 de abril de 2021

 

Martes 20 de Abril de 2021

 

La preocupación de la Comisión Europea por la deriva de nuestra Justicia

Si repasamos en la prensa (por ejemplo, vid. www.elespanol.com) el contenido de la entrevista telemática del Ministro de Justicia con la Vicepresidenta de la Comisión Europea, en relación con la reforma del Consejo General del Poder Judicial, es fácil deducir que la Comisión  Europea está preocupada por el hecho que se produzca una politización del órgano de gobierno de los jueces, via la modificación del sistema de elección de los miembros del Consejo General de Poder Judicial, de ahí la clara “orden” de retirar el proyecto de ley que  los partidos de Gobierno presentaron a la Cortes en los meses pasados.

En relación con la Ley ya aprobada, relativa a la limitación de las competencias del Consejo en funciones, de la que ayer hablábamos, desde el punto de vista que tiene la Comisión Europea, no presenta para ella mayores reparos, porque efectivamente es una ley que no lleva necesariamente a la politización de la Justicia; pero eso no indica que sea constitucional. No lo es, como oportunamente ha manifestado en un estudio serio el Gabinete Técnico del propio Consejo General (vid. prensa digital de hoy) que, incluso, sostiene que el Consejo tiene legitimación para acudir directamente al Tribunal Constitucional.

Valentín Cortés

 

lunes, 19 de abril de 2021

 

Lunes 19 de Abril de 2021

La defensa del Estado de Derecho

Leo en www.elindependiente.com un titular en “primera página” que es muy indicativo, desde nuestro punto de vista jurídico, para afirmarnos en opiniones que hemos mantenido en nuestro blog: “Moncloa descarta un pacto para el Consejo General del Poder Judicial tras el 4M por la radicalidad de Casado”.

No sé hasta qué punto responde a la realidad tal titular, pero, en cualquier caso, nos pone en una situación ciertamente esclarecedora de lo que hemos venido diciendo:

Primero,  es algo plástico la inconstitucionalidad de la Ley que cercena los poderes del Consejo General del Poder Judicial cuando está en funciones,  porque pone en evidencia que choca con la Constitución y con la doctrina de la Comisión de Venecia que un Órgano del Estado, como es el Consejo, no pueda cumplir sine die con sus funciones constitucionales al socaire de que los partidos mayoritarios no se pongan de acuerdo en su renovación; por tanto, no puede ser una solución asimilable por la Constitución la que se nos ha dado por la Ley. El legislador debe busca otra solución valida constitucionalmente.

En segundo lugar, la lentitud del Tribunal Constitucional en decidir cuestiones importantes, similares a ésta que estamos analizando, no debe continuar ni un minuto más, pues se trata de la quiebra del funcionamiento del Estado. El Tribunal Constitucional no puede dejar de resolver este asunto con urgencia máxima (como otros), estableciendo los límites de la Constitución que ni el Ejecutivo, ni el Legislativo, ni los partidos políticos pueden traspasar. No se trata sino de la defensa del Estado de Derecho.

Valentín Cortés

 

viernes, 16 de abril de 2021

 

Viernes 16 de Abril de 2021

 

La decisión del Tribunal Constitucional alemán en materia de limitación de la renta de los alquileres.

La sentencia del Tribunal alemán, anulando la ley vigente en Berlín que limitaba el quantum de la renta de los alquileres de vivienda ( de lo que da noticia hoy toda la prensa), es evidente que no tiene eficacia jurídica alguna en España, pero sí que tendrá enorme influencia en la decisión que tomará (¡no sabemos cuándo!) el Tribunal Constitucional español en relación con el Decreto-Ley de Cataluña que establecía un régimen similar en Cataluña, recurrido por el PP, y , también, en la elaboración y contenido de la, al parecer, futura ley de la vivienda.

El problema de estas regulaciones, siendo económico y con trascendencia en el mercado (ese es el enfoque que le da www.elmundo.es de esta mañana), es, desde nuestro punto de vista, un grave problema constitucional, como así lo ha decidido el tribunal alemán, porque en nuestra Constitución tampoco caben legislaciones que, en definitiva, confiscan derechos subjetivos para solucionar problemas sociales que debe resolver el Estado. En otras palabras, no cabe que sea un sector de los ciudadanos (propietarios de pisos) quienes arreglen los problemas sociales de otro sector(arrendatarios) que son o serían de cargo del Estado. Eso es de regímenes totalitarios nada compatibles, como hemos dicho en muchas ocasiones, con los arts. 31,33 y 38 de la Constitución y con los principios que emanan de todo su texto.

Valentín Cortés

jueves, 15 de abril de 2021

 

Jueves 15 de Abril de 2021

 

La seguridad jurídica

La seguridad jurídica está estrechamente unida a la interdicción de la arbitrariedad y a la certeza del Derecho. Todos esos conceptos encierran, desde distintas perspectivas, uno de los pilares del Derecho, que, como sabemos, nuestra Constitución consagró esencialmente en el art. 9.3. Todo eso afecta por igual a todos los Poderes del Estado. Y de todo ello hemos hablado infinidad de veces en este blog, dada la tendencia irrefrenable de nuestras autoridades estatales (sobre todo del Ejecutivo) a la arbitrariedad y, últimamente, a cultivar el germen de la incerteza e inseguridad jurídicas.

Todo esto viene a cuento de que la Vicepresidenta Calviño ha dicho (vid. prensa de hoy) que “descarta por completo subir los impuestos, y menos a corto plazo”; pero ayer las manifestaciones del Presidente iban por otro camino; un poco más atrás en el tiempo, la Ministra de Hacienda advirtió de la subida de impuestos de forma generalizada e inmediata y, por si fuera poco, el candidato socialista a la Autonomía de Madrid niega la posibilidad de subirlos en su territorio si él gana las elecciones.

No se trata de descoordinación entre responsables, sino de una gravísima sensación (que responde a la realidad) de inseguridad jurídica, de incerteza en lo que será el Derecho y, sobre todo, de arbitrariedad, pues todo se traduce en que el legislador( léase toda persona que cree que lo es: Ministra, Vicepresidenta, candidato y un largo etc.) piensa que puede hacer lo que quiera y nada mas lejos del mandato constitucional pensar que el legislador puede legislar lo que quiere, como subir los impuestos cuando los presupuestos aprobados llevan tres escasos meses de vigencia( art. 31.2 de la Constitución).

Valentín Cortés