Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

lunes, 3 de julio de 2017


Lunes 3 de Julio  de 2017

El Fiscal del Supremo y el Sr. Urdangarin

Me imagino que el Fiscal del Tribunal Supremo tiene razones jurídico-penales para pedir a este Tribunal, en sede de recurso de casación, que se eleven las penas que hay que imponer al Sr. Urdangarín por el caso Noos ( la noticia está recogida en toda la prensa digital)  

Pero, después de la sentencia del Tribunal Europeo sobre el caso Atutxa, de la que hemos comentado en este blog en su momento, será muy difícil que nuestro Tribunal pueda subir la pena sin darle la oportunidad al Sr. Urdangarin de declarar en el recurso de casación, lo que realmente no está previsto en nuestra Ley de Enjuiciamiento Criminal. Y dado que el proceso penal, como los demás, se rige por el principio de legalidad ( art. 1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal), dudo que el Tribunal Supremo se pueda inventar una norma inexistente y aplicarla.

Aunque, quizá sea este caso, u otro que pueda darse con anterioridad, la oportunidad para que el Tribunal Supremo, si quiere seguir la petición del Fiscal, contraponga su doctrina a la del Tribunal Europeo, que tantas veces desvaría jurídicamente, y la haga valer con argumentos que demuestren la perfecta  identificación de   nuestra legislación en materia casacional con el derecho europeo sobre el derecho de defensa. Por eso, quizá sea también la oportunidad de que el Ministerio Fiscal explique que nuestra legislación, en este punto, no supone por sí misma indefensión alguna para el condenado que recurre ante el Tribunal Supremo

Valentín Cortés

viernes, 30 de junio de 2017


Viernes 30 de Junio de 2017

Grano a grano se hace el granero

He leído en www.expasion.com que el Parlamento catalán ha aprobado una moción instando al Gobierno de esa comunidad autónoma a condicionar la ayuda a los medios de comunicación privados a que acepten la publicidad institucional de la Generalidad, incluida la referente al buen funcionamiento del referéndum del uno de Octubre.

En definitiva, desde el punto de vista jurídico es una moción que insta al Gobierno catalán a delinquir de forma amplia (desobediencia, prevaricación, malversación de caudales públicos, y un largo etc. Penal). Pero también es muestra del desprecio del Parlamento por la legalidad y por las Instituciones, lo que se podría decir que no es cosa nueva, pero que no deja de sorprender por su desparpajo.

Pero, sobre todo, yo creo que es una manifestación más de la ya conocida “astucia” de los secesionistas, que buscan diluir las responsabilidades o hacerlas imposibles en su exigencia. Esa astucia les hará posible afirmar que ha sido el Parlamento quien ha ordenado al Gobierno, diríamos nosotros, tal desatino jurídico y democrático.

 Yo pienso que la aplicación del art. 155 de la Constitución se ve reforzada con estas actuaciones y, desde luego, no se ve dificultada. ¡Esta moción se me antoja un grano más para formar el granero!

Valentín Cortés

jueves, 29 de junio de 2017


Jueves 29 de Junio de 2017 

Un furor reformista equivocado

Todos los medios digitales se hacen eco esta mañana de las reuniones que los distintos líderes políticos han mantenido entre sí, agrupados por afinidades políticas o, simplemente, por fobias políticas. Estos han acordado modificar la Constitución ( para lo que no tienen los votos necesarios), la ley electoral, derogar la reforma laboral y tantas otras leyes promulgadas en la penúltima legislatura por la mayoría del Partido Popular( para lo que sí los tienen). Aquellos no se ponen de acuerdo en lo básico de la ley que fijará el techo de gasto para 2018.

Pues bien, con excepción de la Ley de presupuestos para 2017 y la adaptación de una serie de directivas europeas a la legislación nacional, y alguna que otra ley menor, el Poder legislativo, básico en el Estado de Derecho, muestra una inacción constatable en esta legislatura y en la anterior; lo que ciertamente, debería preocuparnos. La preocupación es aún mayor cuando esos líderes, en su caso, se ponen de acuerdo fundamentalmente en derogar y en modificar, pero no nos dicen con qué legislación piensan sustituir las leyes derogadas o modificadas.

Ahora que celebramos los 40 años de feliz democracia, se hace, más que nunca, necesario pensar qué se debería cambiar en nuestra vida política, para que el Poder Legislativo fuera eficaz en el cambio y en la construcción de nuestro ordenamiento jurídico para adaptarlo a los tiempos actuales y no en la  simple destrucción del existente.

Valentín Cortés

miércoles, 28 de junio de 2017


Miércoles 28 de Junio de 2017

El discurso del Rey en el Congreso

Para celebrar el aniversario de las primeras elecciones democráticas de 1977, el Rey ha presidido una sesión solemne del Parlamento español en la que ha pronunciado un discurso que no ha sido de mero protocolo, pues la Corona, como entonces, se ha alineado con la democracia y la libertad.

Ha mantenido el Rey, en una parte de dicho discurso, principios que son, además, de pura Teoría General del Derecho, contraponiendo la ilegalidad con la inseguridad y la falta de libertad: “fuera de la Ley sólo hay arbitrariedad, imposición, inseguridad y, en último extremo, la negación misma de la libertad”, ha dicho, con el aplauso de los más y el silencio sonoro de los menos.

Pero me resulta curioso que después de cuarenta años de aquellas elecciones, que dieron lugar a las Cortes constituyentes, el Jefe del Estado tenga que recordar a los parlamentarios lo que los alumnos de la licenciatura de derecho saben al terminar el primer curso, precisamente porque estudian la Constitución que de aquellas Cortes surgió. Y es preocupante que el Partido socialista, que entonces fue tan decisivo para el nacimiento de la Constitución, hoy no mantenga un discurso tan nítido, único, y sin ambigüedades como el que ha pronunciado el Rey, ante un intento de quebrar el orden constitucional como el que llevan a cabo los parlamentarios secesionistas. Pues, para defender tales principios constitucionales y legales no basta con sólo aplaudir las palabras del Rey.

Valentín Cortés

 

 

martes, 27 de junio de 2017


Martes 27 de Junio de 2017
 
De nuevo sobre las comisiones de investigación parlamentarias

La primera sesión de la Comisión de investigación en el Congreso, que trata de las finanzas del Partido Popular, y en la que comparecía el Sr. Bárcenas, ha demostrado lo que ya aventurábamos en días pasados sobre las comparecencias de investigados, por los mismos hechos, ante órganos judiciales. Este Sr. guardó silencio y habló cuando quiso.

 Se confirmó, pues, que  esas Comisiones no sirven para el fin que tienen, y, si acaso, que pueden ser útiles para machacar políticamente al adversario, como se demostró en las alocuciones de los interrogadores. Lo que da idea de la falta de utilidad seria de estas Comisiones, llamadas de investigación, precisamente porque es inútil investigar cuestiones que ya lo han sido por la Justicia.

Pero la sesión de ayer,- se pueden leer resúmenes en toda la prensa-, nos deparó igualmente la sorpresa-confirmación de la escasa formación constitucional de nuestros diputados (cito aquí al Sr. Cantó y la Sra. Montero, de Ciudadanos y Podemos, respectivamente) que mostraron un especial desprecio por el derecho constitucional a no declarar, que existe aunque no le pueda interesar a esos diputados y que, entre otras cosas, significa que no se pueden sacar conclusiones incriminatorias para el que guarda silencio. Por eso, la alusión de la Sra. Montero a “gallo que no canta, algo tiene en la garganta” es simplemente una “barbaridad” jurídica y constitucional dicho en forma de refrán popular. Como lo son algunos de los comentarios de periodistas e editoriales, que se conforman de mala manera con este derecho.

Valentín Cortés

 

 

lunes, 26 de junio de 2017


Lunes 26 de Junio de 2017
 
El Gobierno y la aplicación del art. 155 de la Constitución 

He leído en www.abc.es un amplio reportaje sobre la idea de que el Gobierno entiende que no necesitará aplicar el art. 155 de la Constitución para impedir la celebración del referéndum secesionista.

 Totalmente de acuerdo, pues yo me imagino, y afirmo, que el Estado de Derecho tiene mecanismos, no sólo políticos, sino jurídicos para impedir que una Administración del propio Estado incumpla de forma patente la Ley y el orden constitucional.

Pero, aunque parezca difícil de entender, ahí no está el problema.

El problema está en el día de después de la “intentona”, me imagino, y afirmo, que fallida. Será entonces cuando será inevitable poner fin al gobierno y a las instituciones que han intentado hasta el fin tal acto, y no veo sino dos caminos: uno, declarándose por ese Gobierno autonómico la independencia; otro, aplicando  el Senado el art. 155 de la Constitución.

De modo, que como he dicho desde hace ya mucho tiempo tantas veces, la aplicación de esta  norma la veo absolutamente inevitable, lo que tampoco es una tragedia ni debe presentarse como tal.

Valentín Cortés

viernes, 23 de junio de 2017


Viernes 23 de Junio de 2017

Pacta sunt servanda

Que el PSOE decida en el último momento abstenerse en la ratificación del acuerdo comercial de la Ceta (Unión Europea-Canadá) muy posiblemente no tendrá consecuencias finales, porque habrá votos suficientes para su aprobación y ratificación en el Congreso de los Diputados.

Es de recordar que esta ratificación por el Congreso es como el último acto de una serie de ellos que se han venido desarrollando en el Parlamento Europeo y en el Congreso de los Diputados en los que los parlamentarios del Partido Socialista han aportado( como Partido) sus votos para hacer posible la aprobación y ratificación, en cada una de las instancias del mencionado acuerdo, y posibilitar el pase a la siguiente y ultima que es la que se llevará a cabo en el Congreso en los próximos días. También es de recordar la importancia que tiene el acuerdo para España y la Unión Europea.

Con independencia de la opinión política que esto pueda originar, lo que me parece evidente, desde nuestra perspectiva jurídica, es que el PSOE no tiene muy claro lo que desde Roma lo ha sido: que los pactos obligan y que seguir todo el iter parlamentario de la aprobación, para después no hacerlo en el acto final, significa, cuando menos, una sensibilidad jurídica muy débil, que suscita graves dudas para afrontar seriamente con este Partido los problemas políticos que tiene España y que hay que resolver jurídicamente con el ordenamiento y la Constitución en la mano.

Valentín Cortés