Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

viernes, 12 de diciembre de 2014


Viernes 12 de Diciembre de 2014

La exageración no es un buen método jurídico.

Toda la prensa digital recoge la noticia de que el partido UPyD ha pedido, en el proceso sobre Bankia y su salida a Bolsa, la prisión incondicional para el Sr. Rato, porque, dice, existe riesgo de elusión de la acción de la Justicia. A mí me parece una exageración.

Ítem más: La semana empezó con la noticia (manipulada, es claro) de la que se  deducía que el Banco España había presentado un informe pericial demoledor contra Bankia y sus dirigentes de entonces por el mismo tema y  en el mismo proceso.Después, nos enteramos que el tal informe no es del Banco España y sí de unos señores que trabajan en el Banco de España.

A mí, desde mi punto de vista, estrictamente jurídico, todo esto me parece una exageración con fines extrajurídicos, que, como tal, puede tener poco recorrido jurídico.

Obsérvese que Bankia ya ha anunciado que presentará un informe pericial acerca de los mismo hechos, que me imagino será discordante del firmado por esos empleados-técnicos del Banco de España.

Y, ¿entonces? Entonces, el juez decidirá, pero,  entiendo que cambiando el método que le quieren imponer la prensa y la política intencionada.

Valentín Cortés

jueves, 11 de diciembre de 2014


Jueves 11 de Diciembre de 2014

La prescripción y el ejercicio antisocial del derecho.

Ayer noche vi en una emisora de TV un video preparado por una asociación de personas afectadas por la Talidomida que tomaron sus madres durante su gestación en los años 50. “Felicitan” a la empresa farmacéutica que vendía el fármaco porque no tendrá que indemnizar a las personas afectadas, al haber prescrito el derecho de éstas  a la indemnización (así se ha declarado por sentencia).

Que alegar la prescripción de los derechos de alguien es un derecho del obligado a dar, hacer o no hacer algo es incuestionable en la Teoría General del Derecho. Lo que plantean estos afectados con su anuncio, (que sin duda se equivocaron al ejercitar su derecho si hay un Tribunal que lo ha declarado prescrito), no es la ilegalidad de la actuación de la Farmacéutica, sino la falta de ética de tal ejercicio del derecho. En otras palabras, ¿es ético ampararse en la prescripción para negar la indemnización por daños causados incontestablemente por el fármaco que fabricó y vendió en su momento?

Sea cual sea la respuesta que le demos, ¿no es este acaso un ejercicio antisocial del derecho?, que prohíbe el art. 7.2 del Código Civil?

Por supuesto que entiendo que el Derecho, además de la Ética, debería darle respuesta y solución a este tema.

Valentín Cortés

 

miércoles, 10 de diciembre de 2014



Miércoles 10 de Diciembre de 2014


Dos medidas cautelares


Hoy recoge toda la prensa dos noticias relativas a dos resoluciones judiciales de carácter cautelar. Por una parte, el Tribunal Superior de Canarias denegó la medida cautelar de suspensión de la autorización administrativa para buscar petróleo en aguas españolas cercanas a las Islas Canarias. Por otra, un juez de Madrid ordenó cautelarmente el cese de actividad de Uber en todo el territorio nacional. Estas dos noticias dan idea del poder inmenso que tienen los jueces y de lo importante que es su formación y responsabilidad.
Pero lo que quiero destacar hoy es que para adoptar una medida cautelar, incluso antes de iniciar el proceso, como ocurre en el caso de Ubre, es necesario tener, el que la pide, “apariencia  de derecho”, que un Juez ha visto que tenían los taxistas de España y un Tribunal no ha entendido que tiene el Gobierno de Canarias.
 Las dos resoluciones tienen, además, una gran trascendencia, sobretodo la tomada en relación al petróleo, porque se podrá discutir jurídicamente sin que todo lo domine el componente demagógico-político que intentaba el Gobierno Canario.

Valentín Cortés

lunes, 8 de diciembre de 2014


Martes 9 de Diciembre de 2014

 

“La exclusiva”

Aunque no me gusta, hoy voy a hacer una especie de reflexión personal pasada que me ha recordado una noticia de este largo fin de semana. Pido, pues, perdón.

 Durante 42 años he estado en activo en la Universidad. He tenido la fortuna, creo yo, de, excepto cuatro años, compaginar mi condición universitaria con la de abogado en ejercicio. Por eso, menos esos cuatro años, he tenido lo que se llamaba “la plena” o dedicación a tiempo parcial, y cuando, como abogado, he tenido que actuar como asesor de organismos públicos, tuve que pedir una cosa que se llamaba la “compatibilidad”.

Esto me ha costado durante años un sueldo ridículo, ahora una pensión bastante reducida y siempre el estigma de colegas, los que se autodenominaban “puros”, que, curiosamente, con más o menos artilugios, además de estar dedicados a tiempo completo a la Universidad, se dedicaban a la misma abogacía que yo, pero teniendo entonces un  sueldo digno y ahora una pensión máxima.

Todo esto me ha recordado ese señor de Podemos que dice que le faltaba un papel, cuando le han abierto expediente por no dedicarse en exclusiva a la Universidad y, además, desarrollar otras actividades lucrativas.

¡Eso no es un papel!

Valentín Cortés

viernes, 5 de diciembre de 2014


Viernes 5 de Diciembre de 2014
Aplicar la ley al caso concreto y someterse al imperio de la ley.
No sé si tiene sentido que, desde aquí, recuerde que los jueces tienen como función aplicar la ley al caso concreto y que estos servidores del Estado “únicamente están sometidos al imperio de la ley” (art. 117 Constitución).
No sé si tiene sentido que recuerde  que a los ciudadanos nos importa nada lo que piensen los jueces sobre la política legislativa del Gobierno o de la mayoría del Parlamento, y que no están pagados por el presupuesto nacional para que hagan interpretaciones fuera de lugar que eviten la aplicación de la ley, o que intenten conformarla a adaptarla a sus gustos, preferencias o ideologías. La grandeza del Estado de Derecho consiste en que los jueces apliquen la Ley, y la negación del Derecho, que es la incerteza y la inseguridad jurídicas, se produce cuando los jueces olvidan estas obviedades.
No sé si tiene sentido, pero la puesta en libertad de  asesinos de ETA por una sección de la Audiencia Nacional (Sala de los Penal) me ha hecho pensar que, a lo mejor, sí tiene sentido.
Valentín Cortés
 

jueves, 4 de diciembre de 2014


Jueves 4 de Diciembre de 2014

Las excusas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Que, por razones políticas, el CGPJ no quiera sancionar a unos jueces de Cataluña que hicieron un manifiesto a favor del derecho a votar en el referéndum del 9N, yo sería capaz, no de compartirlo, pero sí de entenderlo. Lo digo por la noticia que he leído en www.elmundo.es.: “El CGPJ no ve tacha disciplinaria en los jueces que firmaron un manifiesto por el derecho a decidir”; la razón, según el Consejo, es que prevalece la libertad de expresión y opinión.

Bastaría que el vocal ponente de este archivo de expediente hubiera leído  lo que dice el art. 395.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para que hubiera llegado a la conclusión de que el manifiesto es toda una censura a un poder público, como es el Tribunal Constitucional, no solo al considerar a Cataluña como sujeto de soberanía, sino al incitar implícitamente a desobedecer al Tribunal defendiendo el voto. Si  hubiera leído la norma citada, sabría que eso, nada tiene que ver con el derecho y libertad de expresión y de opinión. Sencillamente es algo que está prohibido por la Ley a los Jueces y Magistrados.
Pero, para eso, primero hay que querer leer, después, hacerlo y, por último, entender lo que se haya podido leer

Valentín Cortés

miércoles, 3 de diciembre de 2014


Mier4coles 3 de Diciembre de 2014

 

Alargar el periodo de prescripción como remedio de la ineficacia.

He leído en www.elmundo.es que los jueces Decanos de España, en relación con los delitos de corrupción, han solicitado, y propuesto como medida adecuada, el alargamiento del periodo de prescripción de esos delitos.

La prescripción es una institución jurídica que tiene que ver con la Justicia ínsita que el Ordenamiento Jurídico exige al ejercicio de los derechos. El Derecho no puede amparar ejercitar un derecho cuando ha transcurrido un tiempo lo suficientemente dilatado como para hacer pensar que ese derecho no se ejercitará, de modo que no hacerlo hace suponer e implica un abandono de su titular.

El derecho de penar del Estado, para ser ejercitado en Justicia, debe serlo en un tiempo prudente. Alargar ese periodo no puede ser un remedio para la ineficacia de la Administración de Justicia, o la desidia de los poderes públicos, y si se alarga debe ser porque exista una conciencia social, relevante y clara, de que el Estado debe castigar esos delitos, aunque no se haya preocupado de su existencia en un tiempo dilatado. Y, ¿eso no ocurriría también con todos los demás delitos? Porque, ¿de qué sirve castigar hoy lo que ocurrió hace muchos años?

Valentín Cortés