Valentín Cortés Domínguez

Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.

jueves, 12 de mayo de 2016


Jueves 12 de Mayo de 2016

Las “maravillas” de la política catalana.

El problema de los nacionalismos y del pensamiento de extrema izquierda, (que ayer afloraron en los medios de comunicación con un proyecto de constitución catalana y las declaraciones de la diputada Gabriel) es que chocan abiertamente con la estructura, por supuesto política, pero igualmente jurídica de Europa y más concretamente de España.

Por quedarnos en el plano de nuestro blog, que es obligadamente jurídico, nos damos cuenta que prácticamente la mitad del electorado catalán choca abiertamente con la legislación de la Unión y, por supuesto, con la legalidad constitucional española.

Dudo mucho que ese proyecto de constitución catalana superara la prueba de su adecuación a los tratados de la Unión e incluso de la Declaración Universal de Derechos Humanos (de lo que hablaremos cuando el tema sea más definitivo). Y nada digamos de la “brillante idea” de extrema izquierda de que los hijos, esa es la idea que mantiene esa señora, “deben ser educados por la tribu” (sic), “porque así no hay sentimiento de pertenencia de un hijo, sino que son hijos e hijas (sic) que los has tenido tú y parido tú con los demás” (sic). Nada más incompatible con la idea de persona de la Declaración citada y del concepto de persona que se desprende de los arts. 10 y ss de la Constitución, explícitamente incardinada en la familia (art. 18, 27.4, 32.2, 39 Constitución).

Se me ocurre pensar que la reforma constitucional, que idean algunos partidos, no es solución suficiente, ni eficaz, para atajar estas desviaciones.

Valentín Cortés

miércoles, 11 de mayo de 2016


Miércoles 11 de Mayo de 2016

La propuesta conjunta de Podemos y IU.

Si políticamente es difícil que nadie se sienta engañado o sorprendido por las propuestas conjuntas de Podemos e IU, aunque casos haylos, desde el punto de vista constitucional proponen un giro en la manera de entender al Estado que, además de copernicano, es sorprendente por cómo se presenta a la opinión pública: proponen posibilitar referenda en todas las comunidades o regiones, para ejercitar el llamado derecho a decidir, y en su caso, independizarse separándose de España. Sin mas.

Lo sorprendente no es, pues, lo que se propone, sino cómo se presenta, como si eso fuese cuestión de levantarse por la mañana y llevarlo a cabo por la tarde. Lo que se propone es una transformación radical de nuestra Constitución, que debe pasar todos los trámites de la reforma de ella regulados en el art. 168: propuesta de acuerdo de la manera establecida el art. 87,1 y 2; aprobación posterior por las mayorías cualificadas establecidas en la norma; disolución y elecciones a nuevas   Cortes; ratificación del acuerdo de reforma por las cámaras elegidas; redacción del proyecto de nueva Constitución; aprobación por mayorías reforzadas y referéndum de ratificación por toda la Nación.

Veo, pues, en esta propuesta conjunta una especie de brindis (jurídico-constitucional, claro está) al Sol.

Valentín Cortés

martes, 10 de mayo de 2016


Martes 10 de Mayo de 2016

El sentido común en las resoluciones judiciales

Los jueces deben aplicar el Derecho y no ser arbitrarios, pero aplicándolo deben fundamentar sus resoluciones y mover la fundamentación entre la razón y el sentido común.

Lo digo por la resolución  de un juez que ha ordenado buscar los restos mortales de dos personas en el Valle de los Caídos. Son restos que, según la noticia que publica la prensa y que se deduce, parece ser, de las mismas actuaciones judiciales, no están identificados, que no se tiene la certeza que fueran trasladados de Calatayud (donde fueron fusilados y enterrados en una fosa común sin identificación alguna) hasta el Valle de los Caídos y que tampoco se sabe en qué fosa común pueden estar enterrados dentro del Monumento.

Si la realidad es como la cuentan los periódicos, el Juez ha dictado su resolución en base a un derecho que existe (el de darle sepultura cierta y digna los familiares de los fallecidos); igualmente, ha dictado una resolución fundamentada pero poco o nada razonable, sobrada de buenas intenciones y falta de sentido común, pues dadas las condiciones reales será imposible ejecutarla, dada la intrusión necesaria en el derecho de otros parientes a que no se manipulen los restos de sus familiares allí enterrados. Es una resolución desgraciadamente inútil, pues no servirá para conseguir el fin que se pretendía.

Valentín Cortés

lunes, 9 de mayo de 2016


Lunes 9  de Mayo de 2016

De nuevo con los pitos al Rey y al Himno Nacional

He leído en www.europapress.es que el Juez de la Audiencia Nacional competente ha archivado de nuevo la causa por la pitada al Rey y al Himno Nacional.

Es difícil imaginarse que los pitos al Rey y al Himno Nacional, en la final de la Copa del Rey de futbol, no se produjeron para menospreciar, injuriándolo, a la máxima institución del Estado y a uno de los símbolos del Estado, como es realmente imposible, al menos intelectualmente, imaginarse que aquel fue un acontecimiento espontaneo y no preparado y alentado por entidades y personas concretas que incluso repartieron pitos a la entrada del estadio.

El Juez, sorprendentemente, ha superado en su auto de archivo esas dificultades lógicas e intelectuales, y, por supuesto, no estoy de acuerdo con él, pero curiosamente, y eso es lo quiero ahora resaltar, sin desarrollar una mínima labor de investigación que le permitiera encontrar a los organizadores e instigadores del acto, que tiene que haberlos. Como es sorprendente que admitiera a trámite la querella de Manos Limpias sin exigirle, como hace ahora, con retraso evidente, que justifique la aprobación en el órgano competente del Sindicato de la aprobación de interposición de la querella.

Todo, pues, da la impresión de endeblez lógica y procesal en ese auto de archivo.

 

Valentín Cortés

viernes, 6 de mayo de 2016


Viernes  6 de Mayo de 2016 

Tergiversar tiene poco recorrido

Prácticamente toda la presa digital de hoy nos traía la noticia alarmante y escandalosa de que la Fiscal, en su escrito de contestación a la apelación de doña Rita Maestre (famosa por asaltar la capilla de la Universidad Complutense, medio desnudarse y gritar consignas contra la Iglesia Católica) contra la sentencia que la condenó en primera instancia, la había insultado llamándola puta, bollera y otras lindezas.

Había pensado yo que no podía ser cierto que la Fiscal, además de contravenir el principio de que en el proceso se debe actuar de buena fe (art. 11 de la Ley Orgánica del Poder Judicial), y  haber podido cometer un delito de injurias y una falta disciplinaria y, además, de educación, había perdido la cabeza. Me imagino que dado lo improbable que esto se hubiera producido, los periodistas en cuestión habrían leído lo que dice la Fiscal en su escrito, para comprobar hasta donde habría llegado la incorreción jurídica de la Fiscal.

Sólo he visto en www.europapress.es la versión no tergiversada de la noticia, pues la Fiscal hace referencia con esas lindezas a las palabras escritas sobre los cuerpos de las asaltantes, para decir que eso lo pueden hacer en todos los sitios que quieran menos allí donde, lo que no es libertad de expresión, ofende.

Pero, así, la noticia ya no tiene el menor interés.

De modo que nos queda mucho por mejorar, pero ¡no sólo en el campo de los políticos!, que es lo que nos dicen los periodistas.

Valentín Cortés

jueves, 5 de mayo de 2016


Jueves 5 de Mayo de 2016

La ex juez Rosell

Esta señora era juez en Canarias; empezó a ser investigada por el Tribunal Superior de Canarias por la comisión de varios delitos. Dejó la judicatura para ser diputada de Podemos. La causa por la que se le investigaba la asumió el Tribunal Supremo, que dictó auto por la que se iniciaba contra ella la investigación judicial. Fue elegida, entonces, integrante de la Diputación Permanente del Congreso y renunció a ese nombramiento una vez que se sabía que las Cortes se iban a disolver por el Rey. Las Cortes se disolvieron antes de ayer y ya ha pedido que el Tribunal Supremo se inhiba y envíe la causa al Tribunal Superior; eso leo en www.larazon.es.

Carnelutti, el gran maestro del procesalismo del siglo pasado, dijo que el proceso era un juego, aunque naturalmente lo que quería decir es que tenía unas reglas fijas e inalterables, como los juegos serios. Es decir, todo lo contrario a un juguete.

La Sra. Rosell utiliza las reglas de ese juego que, mas bien, eso da la sensación, cree que es un juguete.

Valentín Cortés

miércoles, 4 de mayo de 2016


Miércoles 4 de Mayo de 2016.

La ventana indiscreta

Lo leo en www.elconfidencial.com: La Sala Segunda del Tribunal Supremo, con ponencia de su Presidente (Sr. Marchena), ha dejado sin efecto las pruebas consistentes en la observación con gemelos por la policía del interior de una vivienda de narcotraficantes, por considerar que es una prueba ilícita, llevada a cabo sin  orden judicial y violando el derecho fundamental a la inviolabilidad del domicilio que se reconoce en el art. 18.2 de la Constitución. La Sala ha hecho una aplicación seria y sólida del art. 11.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y del art. citado de la Constitución.

Por lo que leo en el diario digital, alguna de las partes ha alegado en el proceso que las cortinas de la ventana estaban descorridas.

Lo más importante de la resolución es que la Sala argumenta que por el hecho de que las cortinas estén descorridas no deja de ser domicilio y que argumentar “lo contrario encierra el riesgo de debilitar el contenido material del derecho a la inviolabilidad del domicilio”. Lo que es de una obviedad tan patente y aplicable como si se mantuviese que se puede entrar en un  domicilio sin autorización judicial por el hecho de que las puertas estén abiertas.

A veces las obviedades son necesarias resaltarlas para quitarnos estereotipos como el que la violación de ese derecho sólo puede llevarse a cabo entrando físicamente en el domicilio de un tercero o que practicar el juego de “la ventana indiscreta” es admisible, divertido, misterioso y hasta una obra de arte. Pero, naturalmente, si quien lo hace es Hitchcock.

Valentín Cortés