Viernes 27 de Marzo de 2014
El Tribunal Constitucional y la reforma del Código Penal.
He leído en www.europapress.es que el partido socialista ha anunciado el recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de reforma del Código Penal.
El portavoz del PSOE se ha referido a la pena de prisión permanente revisable y ha citado el art. 9.3 (la Constitución garantiza la seguridad jurídica), el art. 10.1 (la dignidad de las personas es fundamento del orden público y de la paz social), art. 15 (nadie puede estar sometido a penas inhumanas o degradantes) y 25 (cuando consagra el principio de reeducación y reinserción social como fin de las penas).
A cualquiera se le pueden ocurrir argumentos a favor o en contra de estas alegaciones y el recurso deberá estar muy fundado, no tanto en criterios políticos de los que estaba llena la declaración del portavoz, según Europa Press, como en fundamentos constitucionales, porque si no es así difícilmente prosperará.
Valentín Cortés
Con este Blog pretendo dar mi opinión jurídica sobre las distintas noticias que aparecen regularmente en los medios de comunicación, de forma clara, sencilla y objetiva.
Valentín Cortés Domínguez
- Valentincortesdominguez
- Valentín Cortés Dominguez es Catedrático de Derecho Procesal. Ha sido abogado con 47 años de experiencia, conferenciante y autor de múltiples publicaciones jurídicas y de manuales de derecho procesal que son libros de texto en distintas universidades españolas y de América latina.
viernes, 27 de marzo de 2015
jueves, 26 de marzo de 2015
Jueves 26 de Marzo de 2015
Las responsabilidades en la insolvencia de Banco de Madrid
Será inevitable que los perjudicados por el concurso de Banco Madrid( empleados y clientes) se planteen quien es culpable realmente de que un banco plenamente solvente, según todos indican, esté en este momento en un estado de insolvencia inmediata, lo que ha determinado, recoge la prensa de hoy, que el juez haya decidido declarar el concurso voluntario de acreedores.
En este “dar cuenta”, que necesariamente se va a producir, tanto el Banco de España como la Comisión Nacional del Mercado de Valores, tendrán que explicar el sentido de sus decisiones y el mantenimiento, aun, de las mismas, que afectan no sólo a los bienes y derechos que están en el balance del Banco ( cuentas corrientes, depósitos, etc) sino también a aquellas otras instituciones, bienes y derechos que no están en el balance del Banco, como pueden ser las entidades de inversión colectiva, que estaban gestionadas en el ámbito del Banco. Y son solo ejemplos, entre otros muchos, de enorme trascendencia para los clientes del Banco.
Valentín Cortés
miércoles, 25 de marzo de 2015
Miércoles 25 de Marzo de 2015
Las declaraciones del Vicepresidente del Tribunal Supremo
He leído en www.europapress.es unas declaraciones que ha hecho el Sr. Juanes, Vicepresidente del Tribunal Supremo, en las que ha pedido que se otorguen a la Audiencia Nacional competencias sobre todos los delitos de corrupción, aduciendo para ello la experiencia y la especialización de este Tribunal.
No puedo estar más en desacuerdo con el Sr. Vicepresidente. Creo que, por el contrario, se debería privar a la Audiencia Nacional de muchas de las competencias que actualmente tiene, pues un tribunal ordinario cuando se “especializa” en delitos acaba, si no se remedia, por parecerse mucho a un tribunal especial. Quiero recordar que los grandes escándalos de la judicatura, expulsión de la carrera incluida, se han dado mayoritariamente en dicho órgano judicial.
Amén de que la “especialización y competencia en la materia” se supone en toda la judicatura y, además, se produce vía modernización y especialización de la oficina judicial.
Valentín Cortés
martes, 24 de marzo de 2015
Martes 24 marzo de 2015
El juez Ruz y las imputaciones en el caso Bárcenas
Hay imputación cuando existen indios racionales de criminalidad (pura teoría general).
En este sentido, no veo racionalidad en imputar a los distintos tesoreros en el tiempo por llevar la contabilidad B del Partido Popular y no imputar a los altos directivos del Partido o al propio partido que, se dice, tiene la contabilidad B, máxime si se imputa al PP por un delito fiscal por no declarar ciertas donaciones que más tarde se utilizaron para las reformas “en B” de la sede del partido, por cierto con el informe en contra de la Agencia Tributaria.
En nuestra modesta opinión, por lo que he leído en la prensa, en el auto del Juez falla la racionalidad, o quizá, son los indicios que sólo son conjeturas, o, por qué no, falla la criminalidad, que está en donde el Juez no la ve y no está en donde la ve.
Valentín Cortés
lunes, 23 de marzo de 2015
Lunes 23 de Marzo de 2015
La investigación del Fiscal de delitos de odio y discriminación de Barcelona.
La prensa publicó que hay abiertas diligencias judiciales contra un individuo que se hacía grabar un video mientras golpeaba por la espalda a las piernas de una señora en plena vía pública. La noticia demuestra cómo la sociedad española, y la Fiscalía y Judicatura por tanto, han experimentado una grata modificación, pues ahora, al menos, se considera que esa actuación es claramente delictiva.
La noticia hoy en www.abc.es es que la fiscalía especial contra el odio y la discriminación está investigando si ese delito es además encuadrable entre los que se cometen por odio o por discriminación, en este caso, contra las mujeres (Art. 510 del Código Penal).
No sé cómo terminará la cuestión, pero es una magnífica noticia jurídica que se haga este tipo de investigaciones y que se establezca la idea de tolerancia nula hacia este tipo de conductas, que no solo corresponden a “perturbados”, sino a verdaderos delincuentes.
Valentín Cortés
viernes, 20 de marzo de 2015
Viernes 20 de Marzo de 2015
Las prisas de Economía
Las prisas de Economía
Economía es el Ministerio de Economía; sigo la terminología periodística que he leido en www.larazon.es, que afirma que quiere una liquidación express en el caso del Banco Madrid, hablando de tres meses. ¡ Bueno, las cosas llevan su ritmo y las de palacio van despacio!.
Yo tengo la sensación que "Economía" y el Banco de España no han estado muy finos en este tema, por lo que pedir ahora al Juez que lo esté, me parece voluntarioso y fuera de lugar, dado los antecedentes, de los que ya hemos hablado.
El hecho es que los interesados y perjudicados están inmersos en una situación que nadie hasta ahora rige, y que está sometida a decisiones espasmódicas desde el punto de vista jurídico.
¡Y todavía nos queda el juez, que no sabemos qué va a decidir, pese al voluntarismo de Economía y a las ansias de dirigir el proceso sin intervenir en este!
Valentín Cortés
martes, 17 de marzo de 2015
Miércoles 18 de Marzo de 2015.
De nuevo sobre el Banco de Madrid
Ha resuelto el Juez de Madrid que suspende(¡) su decisión sobre la petición
de concurso de Banco de Madrid hasta que el Frob decida si va a reestructurar
al banco o va a la disolución del mismo. Le da un plazo de quince días para que le
comunique la decisión, para seguir o no la tramitación de la petición de
concurso. No sé en qué norma se ha podido basar para tomar esta decisión.
Los jueces deben resolver sobre la petición que se les hace (prohibición
del non liquet), so pena de incurrir
en responsabilidad civil, disciplinaria y penal. De modo que, según mi criterio, el Juez no tenía más alternativa
que admitir la petición de concurso o denegarla, siempre en los tiempos y en
las condiciones que marca el art. 13 de la Ley concursal, que son
extraordinariamente cortos. Y tenía además la posibilidad de adoptar medidas cautelares
(art. 16 de la citada Ley) para tomar cuantas medidas cautelares, a petición
del solicitante, fuesen necesarias para asegurar la integridad patrimonial del
deudor.
No ha hecho ni una cosa ni otra,
y tengo que confesarles que, salvando error en la información o que la que dan
los periódicos no sea exacta, no entiendo ni una cosa ni la otra.
Valentín Cortés
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